Decreto 807 de 2020 En el marco de la
Emergencia Económica, Social y Ecológica, el Gobierno Nacional estableció
nuevas medidas con respecto al procedimiento automático de devolución o
compensación de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y
del Impuesto sobre las Ventas IVA, y determinó acciones de fiscalización por
medio de visitas virtuales.
Devolución
automática
De acuerdo con el
Decreto 807 de 2020, hasta el 19 de junio de 2020 los contribuyentes y
responsables del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre
las Ventas (IVA), que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria,
podrán adelantar el trámite de solicitud de devolución o compensación de sus
saldos a favor por Renta y/o IVA, mediante el proceso automático.
Las solicitudes
radicadas hasta el 18 de junio bajo el trámite establecido en el Decreto 535 de
devoluciones abreviadas, se terminarán de tramitar bajo ese procedimiento.
Fiscalización por
medio de visitas virtuales
Dadas las nuevas
circunstancias y la necesidad de adaptación a las nuevas realidades, el Decreto
también implementó la fiscalización por medio de visitas virtuales.
Así las cosas, la
administración tributaria podrá realizar inspecciones tributarias y contables
de forma virtual, al igual que visitas de inspección, vigilancia y control
virtuales en materia de fiscalización tributaria y de control cambiario, cuyo
propósito es constatar la exactitud en el cumplimiento de las obligaciones
formales y sustanciales de los contribuyentes, los usuarios cambiarios y/o
terceros.
Estas medidas
facilitarán a los administrados atender oportunamente los requerimientos de la
entidad y le dan nuevas herramientas a la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales (DIAN) para el cumplimiento de los objetivos y las metas de gestión
trazados.