9 de abril de 2018

LEASING HABITACIONAL, OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y/O NOTARIALES A CARGO DEL LOCATARIO

Concepto 2017137996-003del 30 de enero de 2018 Superfinanciera

Síntesis: Si bien es cierto, los establecimientos de crédito son los propietarios de los inmuebles objeto de contrato de leasing habitacional, condición que per se significaría que en ellos recaería la asunción de algunas de las obligaciones tributarias y/o notariales, ya sea que provengan en virtud de tal calidad o con ocasión de actos dispositivos, también lo es que bajo el principio de la autonomía de la voluntad contractual es legalmente viable un acuerdo entre las partes intervinientes en la operación para que ciertos o todos los gastos que emanen con ocasión de su celebración, ejecución y/o terminación sean cubiertos por el locatario, incluso en el evento en que el establecimiento de crédito haya incurrido en ellos y se los traslade; atendido el hecho que la institución financiera participa en ella a solicitud del interesado, quien en definitiva tiene la vocación de disfrutar el uso y goce del inmueble y eventualmente, adquirir la propiedad del mismo.