28 de noviembre de 2023

SUPERSOCIEDADES RECOMIENDA PRESENTAR REPORTES DE SOSTENIBILIDAD

La Superintendencia de  Sociedades  publicó la Circular Externa 100-000010 del 21 de noviembre del 2023, en la cual añade el capítulo XV –     Recomendaciones Administrativas sobre la presentación del reporte de sostenibilidad a su Circular Básica Jurídica cuyo objetivo impartir recomendaciones con la finalidad de que sus supervisados incorporen estándares internacionales de reporte sobre sostenibilidad, así como el resultado de su desempeño y sus impactos en asuntos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés), económicas y financieras haciendo uso de los criterios de un estándar internacional. De acudo con lo anterior deben presentar el reporte:

1. Las entidades empresariales que se encuentren bajo vigilancia o control de las SuperSociedades y que hubieren alcanzado ingresos totales o activos iguales o superiores a cuarenta mil (40.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

2. Las entidades empresariales que hagan parte de alguno de los sectores que se presentan a continuación y que a su vez cumplan con la totalidad de los requisitos que se señalan en los mismos, así:

    

14 de noviembre de 2023

SUPERSOCIEDADES PROFIERE LA CIRCULAR ÚNICA DE REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN FINANCIERA – CURIF

 Bogotá D.C. noviembre 09 de 2023. La Superintendencia de Sociedades se permite informar a la opinión pública que a través de la Circular Externa 100-000009 del 2 de noviembre de 2023, publicada en el Diario Oficial No. 52.567 del 2 de noviembre de 2023, se profirió la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera – CURIF, suscrita por el Superintendente de Sociedades.

En el ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia y control, esta Entidad pudo dar cuenta de la necesidad de unificar diversos cuerpos reglamentarios dispersos en un único acto administrativo que diese las directrices a diferentes supervisados en lo que a la presentación de información financiera respecta. Así pues, la mencionada circular agrupa diez (10) reportes de informes financieros diferentes y deroga las circulares que solicitaban los informes 16 y 28, entre otras.

2 de noviembre de 2023

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA NOVIEMBRE 2023 SERÁ DE 38,28 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 30 de octubre de 2023 la Resolución No. 1801 por medio de la cual certifica el:

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 38.28% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 38.28% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 152 puntos básicos (-1.52%) con respecto al período anterior.