17 de mayo de 2023

SUPERINDUSTRIA LE PONE LA LUPA A LA APLICACIÓN “CHAT-GPT” PARA DETERMINAR SI CUMPLE CON LA REGULACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

FUENTE   La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de Protección de Datos Personales, por iniciativa propia inició una investigación con el propósito de establecer si la aplicación “ChatGPT”, propiedad de la compañía OpenAl OpCo, LLC cumple con la regulación colombiana respecto de la protección de datos personales, la cual se encuentra establecida en la Ley Estatutaria 1581 de 2012.

De acuerdo con la SIC, dicha actuación busca determinar si se han implementado medidas relacionadas con el Principio de Responsabilidad Demostrada de conformidad con la regulación nacional, la cual está orientada a proteger información personal de los usuarios de dichas empresas.

Esta actuación se enmarca en un trabajo coordinado por la Red Iberoamericana de Protección de Datos, de la cual hacen parte la Superintendencia de Industria y Comercio y otras 15 autoridades de diferentes países de la región, cuyo objetivo es promover y garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.

De esta manera, las autoridades que componen esta red tienen como propósito adelantar una labor de

1 de mayo de 2023

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA MAYO 2023 SERÁ DE 45,41 %

La  Superintendencia  Financiera  de Colombia,  en ejercicio  de sus atribuciones legales, expidió el 28 de abril de 2023 la Resolución No. 0606 por medio de la cual certifica el:

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 45.41% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 45.41% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 168 puntos básicos (-1.68%) con respecto al período anterior.