4 de octubre de 2026

Decreto Legislativo 1419 Principales Medidas y Beneficios expedido por el Gobierno Nacional de Colombia en el marco de la emergencia económica y social tras el sismo del 10 de agosto de 2026.

 El Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026 fue expedido por el Gobierno Nacional de Colombia en el marco de la emergencia económica y social tras el sismo del 10 de agosto de 2026. [1]

Principales Medidas y Beneficios
  • Condonación de sanciones e intereses: Se condona el 85% de las sanciones y su actualización (pagando solo el 15%), y se reduce la tasa de interés moratorio al 4,5% anual. [1]
  • Plazo límite general: Las solicitudes, pagos y normalizaciones deben realizarse a más tardar el 19 de noviembre de 2026. [1]
  • Alcance nacional: Las reducciones de sanciones, la tasa de interés preferencial del 4,5%, la conciliación de procesos judiciales y la donación voluntaria de saldos a favor aplican para contribuyentes en todo el país. [1]
  • Facilidades de pago abreviadas (zonas afectadas): Para los sujetos afectados en las zonas de emergencia, se otorgan facilidades de hasta 24 meses sin garantías, o de 24 a 36 meses con garantías personales (excluye a Grandes Contribuyentes). [1]
  • Conciliación de procesos judiciales:
    • Primera instancia: Descuento del 85% de sanciones e intereses pagando el 100% del impuesto.
    • Segunda instancia: Descuento del 80%. [1]
  • Donaciones y saldos a favor: Las donaciones a damnificados (hasta 2.600 UVT) se consideran ingresos no constitutivos de renta hasta el 31 de diciembre de 2026. También se permite donar saldos a favor a la Nación para la reconstrucción. [1]

3 de octubre de 2026

SHD condiciones de entrega de información exógena sobre los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores en Bogotá.

 La Secretaría Distrital de Hacienda expidió la Resolución DDI-038292 de 2026 (del 28 de septiembre de 2026) para fijar el plazo máximo, los sujetos obligados y las condiciones de entrega de información exógena sobre los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores en Bogotá. [1, 2, 3]

Aspectos clave de la resolución
  • Fecha límite de entrega: El plazo vence el 4 de diciembre de 2026. [1]
  • Quiénes están obligados: Aplica para entidades específicas como el sector público, financiero, fiduciario, constructor, religioso y organizaciones de salud o educación. [1, 2]
  • Información sobre predios: Incluye datos sobre inmuebles de interés cultural, zonas de riesgo, áreas protegidas, bienes públicos, parques y contratos de leasing, entre otros. [1]
  • Información sobre vehículos: Abarca automotores en procesos de extinción de dominio, decomisados, incautados o bajo patrimonios autónomos y leasing. [1, 2]
  • Cómo se presenta: Mediante la Plataforma de Reporte de Información en Medios Magnéticos de la Secretaría. [1]
  • Sanciones: El incumplimiento o la entrega errónea de la información genera sanciones tributarias. [1]

30 de septiembre de 2026

Una buena noticia para deudores: bajó la tasa de usura septiembre de 2026: 29,24% efectivo anual.

 La evolución del indicador fue la siguiente:

Tasa de usura agosto de 2026: 29,66% efectivo anual.

Tasa de usura septiembre de 2026: 29,24% efectivo anual.

Variación mensual: disminución de 0,42 puntos porcentuales.

Aunque la reducción no implica un cambio radical en el costo del crédito, sí constituye una señal positiva para consumidores y empresas.

Sin embargo, la tasa continúa ubicándose en niveles significativamente superiores a los observados al inicio del año.

31 de agosto de 2026

Cumplimiento corporativo: una prioridad para el cierre del año

 Durante agosto muchas organizaciones comenzaron a preparar las actividades de cumplimiento para el último trimestre del año.

Temas como:

  • SAGRILAFT.

  • PTEE.

  • Protección de datos personales.

  • Beneficiarios finales.

  • Gobierno corporativo.

  • Gestión documental.

continuaron ocupando un lugar cada vez más relevante dentro de las agendas corporativas.

Las autoridades han venido insistiendo en que los programas de cumplimiento no deben existir únicamente para atender requerimientos regulatorios.

Su verdadera finalidad es prevenir riesgos legales, financieros y reputacionales.

Las compañías que entienden esta diferencia suelen obtener mejores resultados y reducir significativamente la probabilidad de sanciones.

Las nuevas directrices laborales comenzaron a sentirse en las empresas

 Uno de los temas que más ocupó la atención de empleadores y responsables de recursos humanos fue la implementación práctica de las orientaciones emitidas por el Ministerio del Trabajo durante los meses anteriores.

Particular relevancia adquirió la Circular 0096 del 13 de agosto de 2026, mediante la cual el Ministerio reiteró criterios relacionados con la prevención de riesgos laborales, fortalecimiento de ambientes de trabajo seguros y obligaciones de los empleadores frente a la protección integral de los trabajadores.

Aunque muchas empresas ya contaban con Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), la Circular recordó que los documentos por sí solos no son suficientes.

Las autoridades laborales continúan enfocándose en la evidencia de ejecución real de:

La tasa de usura alcanzó el nivel más alto del año agosto de 2026: 29,66% efectivo anual.

 La Superintendencia Financiera certificó los siguientes valores:

Tasa de usura julio de 2026: 28,79% efectivo anual.

Tasa de usura agosto de 2026: 29,66% efectivo anual.

Variación mensual: aumento de 0,87 puntos porcentuales.

Se trató del porcentaje más alto registrado durante 2026 hasta ese momento.

Para empresas que otorgan financiación a clientes, este indicador resulta particularmente importante porque determina el límite máximo legal para pactar intereses.

Para personas naturales representa una señal de alerta frente al costo de nuevas obligaciones financieras.

Transparencia corporativa: un tema que llegó para quedarse

 Agosto también estuvo marcado por nuevos pronunciamientos doctrinales relacionados con estructuras societarias, beneficiarios finales y deberes de información.

Las autoridades continúan alineándose con estándares internacionales orientados a identificar quién ejerce realmente el control sobre las organizaciones.

Esta tendencia impacta especialmente a:

  • Sociedades por acciones simplificadas.

  • Grupos empresariales.

  • Empresas familiares.

  • Patrimonios autónomos.

  • Estructuras de inversión.

Para los empresarios, la principal enseñanza es que la transparencia ya no es únicamente una exigencia reputacional; se ha convertido en una obligación regulatoria.

31 de julio de 2026

La tasa de usura se mantuvo estable para julio de 2026: 28,79% efectivo anual.

 La Superintendencia Financiera certificó para julio la misma tasa máxima legal vigente durante junio.

Tasa de usura junio de 2026: 28,79% efectivo anual.

Tasa de usura julio de 2026: 28,79% efectivo anual.

Variación mensual: 0%.

Aunque no hubo incremento, la cifra continuó ubicándose en niveles elevados frente a los observados a comienzos del año.

La Superintendencia de Sociedades insistió en la responsabilidad de los administradores

 Durante julio continuaron apareciendo conceptos relacionados con deberes de administradores, representantes legales y órganos de dirección.

La autoridad societaria reiteró un criterio que viene fortaleciéndose en los últimos años: el cargo de administrador implica deberes fiduciarios, diligencia profesional y responsabilidad frente a socios, acreedores y terceros.

Esta doctrina resulta especialmente relevante para:

Beneficiarios finales y transparencia corporativa siguen ganando protagonismo

La atención de muchas organizaciones fue la actualización de información relacionada con beneficiarios finales.

Aunque inicialmente este tema fue percibido como una obligación de cumplimiento asociada a la prevención del lavado de activos, hoy se encuentra estrechamente vinculado con obligaciones tributarias, societarias y de transparencia corporativa.

La tendencia internacional es cada vez más evidente: las autoridades buscan identificar a las personas naturales que ejercen control real sobre estructuras empresariales y patrimoniales.

Por ello, julio dejó una recomendación importante para sociedades, fundaciones, patrimonios autónomos y otras estructuras jurídicas: verificar que la información reportada continúe siendo exacta y actualizada.

Las inconsistencias en esta materia pueden convertirse en futuras contingencias administrativas y tributarias.

4 de julio de 2026

Unificación SAGRILAFT y PTEE SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

 La Circular Externa 100-000020 de 2026 expedida el 2 de julio de 2026 por la Superintendencia de Sociedades adopta la nueva Circular Básica Jurídica, reemplazando y actualizando las instrucciones integrales para las entidades sujetas a su inspección, vigilancia y control. [1, 2]

Principales aspectos y novedades
  • Unificación SAGRILAFT y PTEE: Integra y actualiza los lineamientos del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SAGRILAFT) junto con el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). [1, 2]
  • Nuevos Umbrales: Se adopta un umbral general medido en UVB (Unidad de Valor Básico) equivalente a 4.929.017 UVB en ingresos o activos totales, además de un Régimen de Medidas Mínimas que amplía el universo de obligados a sectores como manufactura, minero-energético, farmacéutico, comercio de vehículos y cámaras de comercio (incluyendo a Confecámaras). [1]
  • Oficial de Cumplimiento: Refuerza los requisitos de formación, experiencia, residencia en Colombia, la designación obligatoria de un suplente, y la limitación de ejercer como oficial para un máximo de 10 sujetos obligados. [1, 2]
  • Régimen de Administradores: Actualiza los deberes de lealtad y diligencia, el manejo de conflictos de interés, la competencia con la sociedad y la responsabilidad en sistemas de cumplimiento. [1]
  • Órganos Sociales y Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS): Detalla nuevas orientaciones sobre reuniones presenciales, no presenciales y mixtas, juntas directivas, quórum, mayorías y el derecho de inspección. [1, 2]
  • Específicos y Regímenes Especiales: Compila el régimen de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes, actualiza reglas para multiniveles (prohibiendo pagos por simple reclutamiento o límites al reconsumo), y ajusta procesos de reorganización, liquidación voluntaria y judicial. [1, 2]

30 de junio de 2026

La tasa de usura alcanzó un nuevo máximo en el año 28,79% efectivo anual.

 La Superintendencia Financiera certificó para junio un nuevo incremento en la tasa máxima legal de interés.

Tasa de usura mayo de 2026: 28,17% efectivo anual.

Tasa de usura junio de 2026: 28,79% efectivo anual.

Variación mensual: aumento de 0,62 puntos porcentuales.

Aunque el incremento fue inferior al observado en mayo, confirmó la tendencia alcista que se venía consolidando durante el primer semestre.

Junio recordó a las empresas que cerrar una sociedad puede ser tan complejo como crearla

 La Superintendencia de Sociedades dedicó buena parte de su doctrina de junio a recordar cuáles son las funciones y responsabilidades de los liquidadores en los procesos de liquidación voluntaria. A primera vista podría parecer un asunto reservado para compañías en crisis o próximas a desaparecer. Sin embargo, la realidad es diferente. Cada año numerosas sociedades son liquidadas sin que sus administradores comprendan plenamente las obligaciones que subsisten frente a acreedores, trabajadores, entidades públicas y socios.

La autoridad societaria reiteró que el liquidador no es simplemente una persona encargada de repartir bienes y cerrar registros. Su función implica proteger derechos de terceros, atender pasivos pendientes, realizar inventarios adecuados y garantizar que la sociedad concluya su existencia jurídica de manera ordenada.

Para muchas empresas familiares y pequeñas sociedades, este mensaje resulta especialmente relevante. No son pocos los casos en que una sociedad aparentemente cerrada termina enfrentando reclamaciones posteriores por errores cometidos durante el proceso de liquidación.

7 de junio de 2026

Sentencia 28690 de 2026 del Consejo de Estado (Sección Cuarta) declara la nulidad parcial de la doctrina de la DIAN (Concepto 192154 de marzo de 2024)

 La Sentencia 28690 de 2026 del Consejo de Estado (Sección Cuarta), con ponencia de la magistrada Miriam Estela Gutiérrez y acumulada con el radicado 28885, declara la nulidad parcial de la doctrina de la DIAN (Concepto 192154 de marzo de 2024) relacionada con los efectos de la Sentencia C-540 de 2023 de la Corte Constitucional sobre el Régimen Simple de Tributación (RST). [1, 2, 3, 4]

Puntos clave de la decisión
  • Nulidad de la doctrina: El Consejo de Estado anuló el numeral 2.3 del concepto de la DIAN porque pretendía aplicar de forma retroactiva las tarifas del impuesto unificado a los contribuyentes del Régimen Simple. [1, 2]
  • Protección al año gravable 2023: El fallo determina que la reviviscencia de las tarifas (provenientes de la Ley 2155 de 2021) no podía aplicarse al año gravable 2023, ya que se trata de un impuesto de período. [1, 2]
  • Principios constitucionales: La Sala amparó los principios de irretroactividad, buena fe y confianza legítima, concluyendo que las tarifas modificadas o revividas solo podían entrar a regir a partir del periodo fiscal siguiente, es decir, desde el año gravable 2024. [1, 2, 3]
  • Actividades cobijadas: La medida beneficia a contribuyentes del Régimen Simple que desarrollan actividades de educación, salud humana, asistencia social o servicios profesionales de consultoría y científicos (incluyendo profesiones liberales) que se acogieron oportunamente en febrero de 2023. [1, 2]

31 de mayo de 2026

La tasa de usura alcanzó uno de los mayores incrementos del año 28,17% efectivo anual.

 El aumento de la tasa de usura fue uno de los más significativos observados durante el año. Aunque para algunos deudores la diferencia puede parecer pequeña, su impacto acumulado puede reflejarse en cuotas más altas, mayores intereses moratorios y mayores costos de financiación. Los consumidores financieros deben prestar especial atención a este indicador antes de adquirir nuevas obligaciones. ## La tasa de usura alcanzó uno de los mayores incrementos del año Durante mayo la Superintendencia Financiera certificó una nueva alza en la tasa máxima legal de interés. **Tasa de usura abril de 2026:** 26,76% efectivo anual. **Tasa de usura mayo de 2026:** 28,17% efectivo anual. **Variación mensual:** aumento de 1,41 puntos porcentuales. Se trató de uno de los incrementos más importantes registrados durante el año.

30 de abril de 2026

La tasa de usura volvió a subir para abril 2026: 26,76% efectivo anual.

Uno de los datos más importantes para empresarios, comerciantes y personas naturales durante abril fue el incremento de la tasa máxima legal de interés.

Tasa de usura marzo 2026: 25,52% efectivo anual.

Tasa de usura abril 2026: 26,76% efectivo anual.

Variación mensual: incremento de 1,24 puntos porcentuales.

El aumento fue significativamente superior al observado entre febrero y marzo y confirmó una tendencia alcista en el costo del crédito.

29 de abril de 2026

El cumplimiento societario es un asunto de supervivencia y atención Empresarial

 La Superintendencia de Sociedades. A través de su Boletín Jurídico de abril de 2026, la entidad abordó asuntos que suelen parecer exclusivos de abogados societarios, pero que en realidad pueden generar riesgos económicos importantes para socios, administradores y compañías. Entre los temas destacados figuraron el registro de situaciones de control y grupos empresariales, la impugnación de decisiones sociales, el nombramiento de administradores, la prima en colocación de acciones y las limitaciones para distribuir utilidades cuando existen pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores.

¿Por qué es relevante? Porque muchas empresas familiares y sociedades cerradas continúan tomando decisiones corporativas basadas en prácticas históricas y no en los criterios actuales de supervisión. La

27 de marzo de 2026

La tasa de usura aumentó durante marzo **Marzo de 2026:** 25,52% efectivo anual

 Uno de los datos jurídicos más relevantes del mes fue el comportamiento de la tasa de usura. **Febrero de 2026:** 25,23% efectivo anual. **Marzo de 2026:** 25,52% efectivo anual. **Variación:** aumento de 0,29 puntos porcentuales. 

 Aunque el incremento fue moderado, confirmó una tendencia que continuaría observándose durante los meses siguientes. Recordemos que superar la tasa de usura puede generar consecuencias legales importantes, incluso responsabilidades penales en determinados casos. Por esta razón resulta indispensable revisar este indicador antes de pactar intereses en: - Créditos empresariales. - Acuerdos de pago. - Contratos de mutuo. - Ventas financiadas. - Operaciones comerciales entre particulares.

26 de marzo de 2026

**Decreto 223 de 2026**, mediante el cual se reglamentaron nuevamente las prácticas laborales y el contrato de aprendizaje.

 **Decreto 223 de 2026**, mediante el cual se reglamentaron nuevamente las prácticas laborales y el contrato de aprendizaje. Aunque para muchos empresarios podría parecer un asunto exclusivo del SENA o de las universidades, la realidad es distinta. La norma busca poner orden en una materia donde existían múltiples interpretaciones sobre cuándo una persona es practicante, cuándo es aprendiz y cuáles son las obligaciones de la empresa frente a cada una de estas modalidades. ¿Por qué debería interesarle a una empresa? Porque una clasificación incorrecta de un practicante o aprendiz puede generar contingencias laborales, reclamaciones económicas y observaciones de las autoridades laborales. El decreto fortaleció las garantías para los estudiantes y precisó responsabilidades para empleadores e instituciones educativas. La recomendación para las organizaciones fue revisar los convenios de práctica, contratos de aprendizaje y procedimientos internos de vinculación de estudiantes antes de que surgieran controversias.

26 de febrero de 2026

La tasa de usura de febrero de 2026

 Uno de los indicadores jurídicos más importantes del mes fue la tasa de usura certificada para operaciones de consumo y ordinario.

Tasa de usura febrero de 2026: 25,23% efectivo anual.

27 de enero de 2026

Plazo para consignación de cesantías en 2026 se traslada para el lunes 16 de febrero de 2026

En el 2026, el plazo para que las empresas consignen las cesantías cambia debido al calendario. El 14 de febrero coincide con un día no hábil. Por este motivo, el plazo se traslada al lunes 16 de febrero. En esa fecha, los empleadores deben completar el depósito en los fondos. Fuente: www.asuntoslegales.com.co

Las cesantías son un ahorro para los trabajadores con contrato laboral, incluyendo conductores y personal de servicio doméstico. El monto equivale a un mes de salario por cada año de servicio y su pago es responsabilidad directa del empleador. Este dinero debe depositarse en entidades como el Fondo Nacional del Ahorro, Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia.

Además de este rubro, los empleados reciben el pago de los intereses sobre las cesantías, calculados bajo una tasa del 12% anual sobre el saldo. A diferencia del capital de las cesantías, estos intereses se entregan directamente al trabajador. La fecha establecida

para realizar este pago es, a más tardar, el 31 de enero de 2026.

La legislación permite el retiro de estos fondos para cubrir gastos ante la terminación del contrato, financiar educación superior o invertir en vivienda.

En el caso de vivienda, el uso incluye compra de inmuebles, construcción, reparaciones o pago de impuesto predial. Otros usos contemplados son el servicio militar, fallecimiento del afiliado o sustitución patronal.

8 de enero de 2026

CIFRAS Y DATOS DE IMPORTANCIA PARA EL 2026.

 1. El incremento del salario mínimo mensual para el año 2026 a partir de 1 de Enero de 2026., será de 23% lo que significa que se fijó en $ 1.750.905.00 pesos Decreto 1469 de 2025; mientras que el aumento del auxilio de transporte será de $ 249.095.00 pesos Decreto 1470 de 2025 auxilio a pagar a  los servidores públicos y trabajadores del sector privado que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigente.

2. En consecuencia el SALARIO MINIMO INTEGRAL para el AÑO 2026 es: $ 22.761.765,00

3. A partir del 15 de julio de 2025 la jornada ordinaria se redujo a 44 horas semanales, así lo establece la Ley 2101 de 2021, el propósito es llegar a una jornada laboral de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026.

4. A diciembre de 2025 la variación anual del IPC fue 5,10%, es decir, 0.10 puntos porcentuales menor que la reportada en el mismo periodo del año anterior, cuando fue de 5,20%. Para los contratos de arrendamiento de vivienda se aplicará un incremento del 5.10% Vencido el término inicial del contrato, en sus prórrogas tácitas o expresas, (Art 20 de la ley 820 de 2003).

5. La Tasa de cambio Representativa del Mercado –TRM–, es la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos. Para el 31 de diciembre del 2025 se presentó una TRM de $ 3.757.08 La TRM disminuyó un 14.79% (652,07 Pesos) en referencia al mismo día del año anterior la cual fue de $ 4.409.15

6. Obligados a tener revisor fiscal en el 2026.  Además de los establecidos en el artículo 203 del Código de Comercio, deben tener revisor fiscal las sociedades comerciales que cumplan con las

LA DIAN BUSCA REGULAR EL REPORTE DE INFORMACIÓN SOBRE CRIPTOACTIVOS EN COLOMBIA

 En cumplimiento de la Ley 1661 de 2013 y del Acuerdo Multilateral para el Intercambio Automático de Información conforme al Marco de Reporte de Criptoactivos (CARF), la Dirección Nacional de Impuestos (DIAN) publicó la Resolución 000240 del 24 de diciembre de 2025 para que a partir del año gravable 2026 los Proveedores de Servicios de Criptoactivos (PSCA) sujetos a reporte suministren a la entidad información sobre transacciones de criptoactivos en Colombia.

A continuación, se destacan las principales novedades que incorpora la norma.

Conceptos o definiciones importantes

  • Criptoactivo se refiere a una representación digital de valor que se basa en una infraestructura de registro distribuido empleando mecanismos de seguridad criptográfica o en una tecnología similar, utilizada para validar y asegurar las transacciones y que la propiedad o el derecho a dicho valor puede negociarse o transferirse a otras personas o entidades de manera digital.
  • Criptoactivo relevante es aquel criptoactivo que no sea una moneda digital de banco central, un producto específico de dinero electrónico o cualquier criptoactivos que el proveedor de servicios de criptoactivos sujeto a reporte haya determinado adecuadamente que no puede ser utilizado para fines de pago o inversión.
  • PSCA sujeto a reporte es cualquier persona que realice transacciones de intercambio en representación de clientes, ya sea actuando como contraparte o intermediario en dichas operaciones, o poniendo en disposición una plataforma de negociación.
  • Transacción de Pago Minorista Reportable es una transferencia de criptoactivos relevantes superior a US$50.000.

Obligaciones 

  • Reporte de información: Los PSCA sujeto a reporte deberán reportar de forma electrónica a la DIAN información sobre sus usuarios reportables e información sobre el tipo de criptoactivos

JAQUE MATE PENSIONAL

 El 31 de diciembre, el gobierno de Gustavo Petro expidió el Decreto 1485, una norma que terminará de marchitar a las administradoras de fondos de pensiones y al seguro previsional. Al final del día, el jaque mate al sistema pensional colombiano.

El decreto en cuestión modifica uno expedido en 2015 que establecía que cuando el Gobierno incrementara el salario mínimo por encima de la inflación y la productividad, debía asumir el costo de ese excedente, consignándolo en el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, a fin de garantizar el acceso a una pensión de renta vitalicia para quienes cumplieran la edad y semanas exigidas, y no tuvieran el capital suficiente.

Ahora, con el Decreto 1485, el Gobierno se desliga de esa obligación y deja el pago de las pensiones mínimas única y exclusivamente en manos del Fondo de Garantía, administrado por las AFP, y que se

7 de enero de 2026

AÑO 2026 CUANTÍAS EN TEMAS PROCESALES CIVILES C.G.P. y LABORAL

 

Fuente: Instituto Colombiano de Derecho Procesal ICDP

3 de enero de 2026

MEDIDAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA PARA 2026: DECLARATORIA DE EMERGENCIA ECONÓMICA

En el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el actual gobierno de Colombia el 22 de diciembre de 2025, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025, adoptando medidas tributarias extraordinarias para atender los gastos del Presupuesto General de la Nación (PGN).

IMPUESTO AL PATRIMONIO Para 2026 se reduce el umbral de causación a 40.000 Unidad de Valor Tributario (UVT) (COP$2 millones), ampliando la base de contribuyentes sujetos a este impuesto.

A partir de ese monto se establecen tarifas marginales progresivas, desde 0,5 por ciento llegando hasta el 5 por ciento para patrimonios superiores a 2.000.000 UVT (COP$104.748 millones).

IVA E IMPUESTO AL CONSUMO Los licores, vinos, aperitivos y similares estarán gravados con impuesto al valor agregado (IVA) del 19 por ciento durante 2026, además del impuesto al consumo.

    Solo estarán exentas de IVA las importaciones de tráfico postal, envíos urgentes o de entrega rápida cuyo valor no exceda de US$50 (antes US$200). Esto tendrá un impacto significativo a quienes hacen compras a través de plataformas digitales.

    Los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, tanto en Colombia como desde el exterior, estarán gravados con IVA del 19 por ciento durante 2026. Los operadores extranjeros serán responsables del impuesto bajo las mismas reglas que los prestadores de servicios digitales.

2 de enero de 2026

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA ENERO 2026 SERÁ DE 24,36 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 26 de diciembre de 2025 la Resolución No. 2288 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.36 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

31 de diciembre de 2025

AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO Y AUXILIO DE TRANSPORTE PARA 2026

Mediante los decretos 1469 y 1470 de 2025, el 29 de diciembre de 2025, el presidente de Colombia anunció el aumento del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) y auxilio de transporte. A partir del 1 de enero de 2026, el SMLMV será de COP$1.750.905, lo que representa un incremento del 23 por ciento en comparación con el salario mínimo establecido para el 2025. Por su parte, el auxilio de transporte para 2026 se fijará en COP$249.095.

1 de diciembre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA DICIEMBRE 2025 SERÁ DE 25,02 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 28 de noviembre de 2025 la Resolución No. 2134 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.02 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

9 de noviembre de 2025

MODIFICACIÓN SARLAFT EN SECTOR TRANSPORTE

La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución No. 16615 de 2025, que modifica y precisa el marco de SARLAFT en el sector transporte establecido en la Resolución 2328 de marzo. Esta resolución detalla sujetos obligados a implementar SARLAFT, aclara plazos para reportes (ROS a la UIAF) y extiende el plazo de implementación hasta el 6 de mayo de 2026.

1 de noviembre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA NOVIEMBRE 2025 SERÁ DE 24,99 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 31 de octubre de 2025 la Resolución No. 1995 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.99 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

5 de octubre de 2025

SUPERFINANCIERA REVOLUCIONA LA SUPERVISIÓN DE RIESGOS DE LAVADO DE ACTIVOS CON INTELIGENCIA ARTIFICIAL

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) anunció hoy un hito en la historia de supervisión financiera, con la implementación de una herramienta de Inteligencia Artificial que automatiza la calificación del diseño del programa de prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (LAFT), de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Este avance tecnológico, desarrollado por el Grupo Centro de Excelencia e Inteligencia Artificial de la SFC, marca un antes y un después en la supervisión del sistema financiero, optimizando la labor de la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Cabe señalar que la evaluación del diseño del programa de prevención del riesgo de LAFT la venía realizando el supervisor financiero de manera manual con bastante precisión, pero con una demanda de tiempo considerable.

Esta nueva herramienta Suptech utiliza la Inteligencia Artificial (IA) para mejorar el programa de prevención del riesgo de LAFT, reduciendo significativamente los tiempos de procesamiento y dando paso a un análisis más ágil y objetivo.

Adicionalmente, al ser una tecnología IA, con cada calificación el sistema aprende y mejora su precisión, lo que le permite procesar un mayor número de matrices e integrar nuevas variables para una supervisión más integral.

Con esta innovación estamos dejando que la Inteligencia Artificial se encargue del trabajo más operativo, permitiendo que los funcionarios de la SFC se enfoquen en los aspectos que fundamentan nuestra misión: el análisis prospectivo y la toma de decisiones estratégicas.

Este avance es un pilar fundamental en el desarrollo del Plan Estratégico de Supervisión Digital, con el que la SFC busca modernizar los procesos para seguir robusteciendo la solidez y la transparencia del sistema financiero, con herramientas que permitan una supervisión más eficiente, escalable y precisa.

1 de octubre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA OCTUBRE 2025 SERÁ DE 24,36 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 30 de septiembre de 2025 la Resolución No. 1821 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.36 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

6 de septiembre de 2025

RESOLUCIÓN 3461 DE 2025: COLOMBIA REFUERZA COMITÉS DE CONVIVENCIA LABORAL

 El Ministerio del Trabajo de Colombia el 1 de septiembre de 2025, expidió la Resolución 3461 de 2025, mediante la cual derogó las Resoluciones 652 y 1356 de 2012 y estableció un nuevo marco normativo para la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral en entidades públicas y privadas.

El propósito central de esta resolución es prevenir, atender y canalizar de manera eficaz las situaciones de acoso laboral, garantizando entornos de trabajo seguros, respetuosos y libres de violencia. De igual forma, la resolución atiende la necesidad de armonizar la normativa interna con los compromisos internacionales asumidos por Colombia, especialmente el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como con los desarrollos legislativos recientes en materia de trabajo decente, equidad de género y salud mental.

Conformación de los Comités de Convivencia Laboral

La integración de los comités dependerá del número de trabajadores vinculados en cada entidad, así:

  • entidades públicas y empresas privadas con menos de cinco trabajadores: un representante del empleador y un representante de los trabajadores
  • entidades públicas y empresas privadas con más de cinco y hasta 20 trabajadores: un representante del empleador y uno de los trabajadores, cada uno con sus respectivos suplentes
  • entidades públicas y empresas privadas con más de 20 trabajadores: cuatro miembros en total, conformados por dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, todos con sus suplentes

Es importante señalar que las entidades públicas y las empresas privadas que cuenten con dos o más

1 de septiembre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA SEPTIEMBRE 2025 SERÁ DE 25,01 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 29 de agosto de 2025 la Resolución No. 1658 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.01 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

1 de agosto de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA AGOSTO 2025 SERÁ DE 25,17 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 31 de julio de 2025 la Resolución No. 1490 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.17 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

5 de julio de 2025

LEY 2466 DE 2025 REFORMA LABORAL PRINCIPALES CAMBIOS

Contratos Laborales

El contrato a término indefinido es la regla general; los de término fijo se limitan a 4 años máximo y deben ser por escrito, convirtiéndose en indefinidos si no cumplen requisitos. Incluye regulaciones específicas para plataformas digitales, aprendices SENA (remuneración 75-100% SMLMV con plenos derechos) y sectores como agropecuario, deportivo y artístico.

Jornada y Recargos

La jornada nocturna inicia a las 7 p.m. (vigencia en 6 meses), con recargo del 35%; recargo dominical/festivo sube gradualmente al 100% (2025: 80%, 2026: 90%, 2027+: 100%). Permite distribución flexible de hasta 9 horas diarias (42 semanales) y jornadas para cuidadores.

Incentivos y Formalización

Introduce programa CREA EMPLEO (hasta 25% SMLMV por nuevo empleo, 6 meses) y cotizaciones parciales para microempresas/hogares en sectores informales. Formaliza manipuladores PAE progresivamente hasta 2028 y trabajadores domésticos vía Convenio 189 OIT.

Procesos disciplinarios

Se establecen etapas que deberán cumplir las empresas para la imposición de sanciones a los trabajadores. Exige debido proceso disciplinario con presunción de inocencia y defensa; prohíbe discriminación por