FUENTE: https://www.infolaft.com/implementacion-sagrilaft-supersociedades
En la implementación SAGRILAFT se obliga a las
empresas a conocer a los beneficiarios reales y/o controlantes de sus
contrapartes.
Así mismo, la Superintendencia de Sociedades
exige conocer al beneficiario real de las inversiones y a conocer el origen de
los fondos de los nuevos inversionistas.
Todo esto con el fin de evitar que la empresa
se vea perjudicada en caso de que los recursos tengan un origen ilegal, tanto
en la implementación SAGRILAFT como en su correspondiente seguimiento.
Respecto a dichos beneficiarios, la norma los
define como las personas naturales que finalmente poseen o controlan a una
contraparte o a la persona natural en cuyo nombre se realiza una operación o
negocio.