26 de junio de 2021

APOYO DEL GOBIERNO NACIONAL A QUIENES GENEREN NUEVOS EMPLEOS PARA LOS JÓVENES ENTRE 18 Y 28 AÑOS.

Mediante Decreto 688 de2021 del 24 de junio de 2021, se crea el apoyo para la generación de empleo para jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete. La iniciativa garantiza un subsidio de 25% de un salario mínimo mensual, que equivale a $227.131 mes a mes por 12 meses, por los trabajadores adicionales entre los 18 y 28 años de edad, y hasta por doce (12) veces dentro de la temporalidad del apoyo, con el objeto de generar empleo joven y formal en el país.

Podrán ser beneficiarios del apoyo para la generación de empleo para jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas, que demuestren su calidad de empleadores mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA Las cooperativas de trabajo asociado también serán beneficiarias del apoyo, siempre que demuestren el pago de los aportes de los trabajadores asociados al Sistema de Seguridad Social Integral. ver Decreto 688 de2021

24 de junio de 2021

PLAZO PRESENTACION DECLARACION DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES 2021

Según el calendario tributario de la DIAN, entre el 10 de agosto y el 20 de octubre de 2020 vencen los plazos para que las personas naturales presenten su declaración de renta del año gravable 2020 en Colombia. Por tanto y para quienes declaran renta en el año 2021 es muy importante realizar su declaración de renta y pago en la fecha que corresponde, para evitar posibles sanciones. El plazo para presentar la declaración y cancelar en una sola cuota vence en las fechas que se indican a continuación y dependerá de los últimos 2 dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), que normalmente corresponde a los de su documento de identidad.:




REQUISITOS PARA ESTAR OBLIGADO A DECLARAR RENTA EN EL AÑO 2021

 Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2021:
    1. Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2020 sea igual o superior a $160.232.000.
    2. Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $49.850.000.
    3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $49.850.000.
    4. Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $49.850.000.
    5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $49.850.000.