2 de agosto de 2013

Ley de Habeas Data pondría fin a correos virales



Con la nueva ley del Habeas Data, reglamentada con el Decreto 1377 de 2013, ahora quien envíe correos basura, conocidos como spam, o venda bancos de datos sin la autorización explícita del usuario, puede ser multado hasta con 2.000 SMLMV o su equivalente a $1.180 millones.

El derecho de Habeas Data, o Protección de Datos, es aquel que tiene toda persona de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en archivos y bases de datos de naturaleza pública o privada.

Aunque este derecho es de tiempo atrás, con la llegada de internet se gestó una ruptura más amplia de la esfera pública y privada de los ciudadanos, y así mismo cambió su manera de vender productos. Tanto así, que hacia 1995 el número de correos de mercadeo era mayor al total de correos ordinarios. 

Desde ese momento, el uso de correos electrónicos o perfiles en redes sociales como prácticas publicitarias se profesionalizó entre quienes se dedican al mercadeo. De esta manera, nace el e-mailing, el cual usa los correos electrónicos como medios de comunicación comercial para un público específico. 

Sin embargo, el aumento de los correos basura o Spam nubló la barrera entre el mercadeo por correo electrónico y quienes se dedicaban al envío indiscriminado de mensajes. Por esta razón, las plataformas para enviar cartas electrónicas crearon los filtros de detección de envíos vírales a los usuarios para proteger los buzones y la información.

Estas primeras prácticas fraudulentas en la web usaban métodos como el envío de cadenas de oración o de chistes a través de correos para captar la mayor cantidad de usuarios; y así, vender la información a empresas o personas que luego publicitaran sus productos de manera gratuita.

Según Ricardo Llano, especialista en gestión de la información y la comunicación de la Universidad de la Sabana, las personas dedicadas a estas actividades pueden saber si el receptor del mensaje abrió el correo, cuántas veces le dio clic o cuánto tiempo estuvo con el mensaje abierto. “Cualquier contenido comercial  por correo electrónico que no tenga autorización por parte de los usuarios es considerado como spam o ‘correos no deseados’. Hay regulaciones de otros países como EE.UU., que expidió en 2003 el Can-Spam Act. para controlar estas prácticas”, indicó Llano. 

De ese interés por algunas empresas para llegar a un mayor número de posibles compradores sin tener autorización expresa de los titulares, nace una normatividad colombiana para regular estas prácticas. La ley 1581 de 2012 acentúan los artículos 15 y 20 de la Constitución colombiana de 1991 sobre el derecho a la información, el buen nombre y la información.
 LA REPUBLICA.COM