11 de mayo de 2013

EN EL PORTAL DE LA DIAN PODRA CONSULTAR LA ACTIVIDAD DE SUS PROVEEDORES PARA EFECTOS DE RETENCION DEL CREE

Si no le han informado o quiere confirmar la actividad económica de sus proveedores acceda al siguiente link: https://muisca.dian.gov.co/WebEncuestas/DefConsTarifaCREE.faces
Recuerde que al recibir una factura o cuenta de cobro, usted está obligado a pagarla y practicarle los procedimiento establecidos en las normas tributarias entre ellas la nueva retención en la fuente establecida en el artículo 37 de la Ley 1607 de 2012, reglamentado por el Decreto 862 del 26 de abril de 2013., y donde nos expresa que, a partir del 1 de mayo de 2013, para efectos del recaudo y administración del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE, establézcase una retención en la fuente a título de este impuesto, la cual se liquidará sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo, de acuerdo con las actividades económicas y a las tarifas expresadas en el citado Decreto.