El Decreto 789 del 04 de Junio de 2020, expedido por el
Gobierno Nacional, establece Exclusiones transitorias del impuesto sobre
las ventas (IVA):
En la compra de
materias primas químicas para la producción de medicamentos.
En la prestación
del servicio de hoteleria y turismo hasta el 31 de diciembre de 2020.
En los servicios
de restaurante, desarrollados a través de contratos de franquicia
igualmente hasta el 31 de diciembre de 2020.
Ademas
Extiende la exención para las importaciones de vehículos de servicio publico o
particular de pasajeros y/o de transporte de carga, esta exención se estipula
hasta el 31 de diciembre del año 2021.