Mediante
el Decreto 770 del 3 de junio de 2020, el Gobierno Nacional manifiesta: “Los
beneficiarios de los subsidios señalados en el presente capítulo, serán los
cesantes que fueron trabajadores dependientes o independientes, cotizantes en
las categorías A y B, que hayan realizado aportes a las Cajas de Compensación
Familiar por lo menos durante un año continuo o discontinuo en los últimos
cinco (5) años.”
“Los beneficios
antes señalados se pagarán por un máximo de tres (3) meses."
¿En qué consiste?
Es un beneficio que las personas desempleadas o trabajadores cesantes pueden
recibir:
● Aportes a salud
y pensión, ambos sobre 1 salario mínimo legal vigente (SMMLV)
● Bono de
alimentación equivalente a 1.5 SMMLV.
● Capacitación
laboral a través de una agencia de empleo.
Requisitos. Para
poder acceder a este seguro, es indispensable cumplir con los requisitos que
establece la Ley 1636 de 2013 y a lo expresado en el Decreto 770 de 2020,