3 de junio de 2020

DECRETO 770, MEDIANTE EL CUAL SE ADOPTA MEDIDA DE PROTECCIÓN AL CESANTE.


Mediante el Decreto 770 del 3 de junio de 2020, el Gobierno Nacional manifiesta: “Los beneficiarios de los subsidios señalados en el presente capítulo, serán los cesantes que fueron trabajadores dependientes o independientes, cotizantes en las categorías A y B, que hayan realizado aportes a las Cajas de Compensación Familiar por lo menos durante un año continuo o discontinuo en los últimos cinco (5) años.”
“Los beneficios antes señalados se pagarán por un máximo de tres (3) meses."
¿En qué consiste? Es un beneficio que las personas desempleadas o trabajadores cesantes pueden recibir:
● Aportes a salud y pensión, ambos sobre 1 salario mínimo legal vigente (SMMLV)
● Bono de alimentación equivalente a 1.5 SMMLV.
● Capacitación laboral a través de una agencia de empleo.
Requisitos. Para poder acceder a este seguro, es indispensable cumplir con los requisitos que establece la Ley 1636 de 2013 y a lo expresado en el Decreto 770 de 2020,