16 de abril de 2020

SUSPENSIÓN TÉRMINOS DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD.

Mediante Decreto 564 de 2020,  "Por el cual se adoptan medidas para la garantía de los derechos de los usuarios del sistema de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica"
Por tanto establece la suspensión de los términos de prescripción y de caducidad previstos en cualquier norma sustancial o procesal para ejercer derechos, acciones, medios control o presentar demandas ante la la rama Judicial o ante los tribunales arbitrales, sean de días, meses o años, desde el 16 de marzo de 2020 hasta el día que el Consejo Superior de la Judicatura disponga la reanudación de los términos judiciales.
El conteo de los términos de prescripción y caducidad se reanudará a partir del día hábil siguiente a la fecha en que cese la suspensión ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.
Se suspenden los términos procesales de inactividad para el desistimiento tácito y los términos de duración del proceso, desde el 16 de marzo 2020, y se reanudarán un mes después, contado a partir del día siguiente al del levantamiento de la suspensión que disponga el Consejo Superior de la Judicatura.