Mediante Decreto 558 de 2020, el Gobierno
Nacional, establece; Que para disminuir las cargas laborales de los empleadores
y de los trabajadores tanto dependientes como independientes, en atención a la
afectación generada por el Coronavirus COVID-19 en la economía y sociedad
colombianas, se modifica temporalmente el porcentaje de cotización del aporte
al Sistema General de Pensiones, de forma tal que para los períodos de abril y
mayo que deben ser pagados en mayo y junio de 2020, únicamente deba realizarse
el pago del 3% del ingreso base de cotización. La cotización será pagada de la
siguiente manera: El 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador.
Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100% de esta
cotización.
En todo caso, los trabajadores
continuarán amparados ante los riesgos de invalidez y sobrevivencia. Los
empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes que
opten por este alivio pagarán como aporte el 3% de cotización al Sistema
General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro previsional en
el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de
invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así
como el valor de la comisión de administración.