(00:00) del 1 de
junio de 2020. Servicio que habrá de ofrecerse en cumplimiento de los
protocolos de bioseguridad establecidos para el efecto por el Ministerio de
Salud y Protección Social.
Permitir la
actividad de los Organismos de Apoyo a las Autoridades de Tránsito, a partir de
las cero horas (00:00) del 1 de junio de 2020, siempre y cuando cumplan con:
(i) las condiciones y protocolos de bioseguridad establecidos para el efecto
por el Ministerio de Salud y Protección Social y (ii) las indicaciones que para
el efecto determinen las autoridades departamentales, distritales o municipales
del respectivo territorio donde cada uno de éstos operen, en concordancia con
el principio de autonomía territorial. Activar
el cobro de peajes a vehículos que transiten por el territorio nacional a
partir de las cero horas (00:00) del 1 de junio de 2020. Decreto 768