5 de enero de 2017

LAS EMPRESAS DEBERAN DISPONER, CONSTRUIR O ADECUAR SALAS AMIGAS DE LA FAMILIA LACTANTE.

Mediante la Ley 1823 de 4 de enero de 2017,  se establece que, Las empresas privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos o aquellas con capitales inferiores a 1.500 salarios mínimos con más de 50 empleados, adecuarán en sus instalaciones un espacio acondicionado y digno para que las mujeres en periodo de lactancia que laboran allí, puedan extraer la leche materna asegurando su adecuada conservación durante !a jornada laboral.
Las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral deberán garantizar las condiciones adecuadas para la extracción y conservación de la leche materna, bajo normas técnicas de seguridad, para luego transportarla al hogar y disponer de ella, para alimentar al bebé en ausencia temporal de la madre.
El uso de estas salas no exime al empleador de reconocer y garantizar el disfrute de la hora de lactancia,