5 de enero de 2017

AMPLIAN LICENCIA DE MATERNIDAD A 18 SEMANAS.

Mediante la Ley 1822 de 4 de enero de 2017, se establece que, toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia.

Todas las provisiones y garantías establecidas en la  ley para la madre biológica, se hacen extensivas en los mismos términos y en cuanto fuere procedente a la madre adoptante, o al padre que quede a cargo del recién nacido sin apoyo de la madre,
Ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo dé embarazo o lactancia sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo que avale una justa causa.