DIAN
Concepto 12646
01-03-2013
Tema Retención en la fuente
por concepto de rentas de trabajo.
Descriptores Empleados.
Ref: Radicado 0170 del 28/02/2013.
Cordial saludo, señor Salcedo:
De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden
Administrativa No. 000006 de 2009, este despacho está facultado para absolver
las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior y
control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales.
En su consulta de la referencia, solicita aclarar
cuál es el procedimiento para aplicar la retención en la fuente a una persona
natural con categoría de empleado, no declarante del impuesto sobre la renta, perteneciente
al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas, respecto a un contrato
de prestación de servicios técnicos cuyos ingresos mensuales no superan las 95
UVT, teniendo en cuenta que el 100% de los ingresos del contratista provienen
de lo percibido por ese contrato.
Acorde con los artículos 329 y 383 del Estatuto
Tributario reglamentados por el Decreto 00099 de 2013, a las personas naturales
residentes en el país, pertenecientes a la categoría de empleados les aplica la
tabla de retención en la fuente contenida en el artículo 383 del Estatuto
Tributario.
A partir del 1 de abril de 2013, la retención en
la fuente mensual sobre los pagos o abonos efectuados a las personas naturales
residentes en el país pertenecientes a la categoría de empleados, cuyos
ingresos totales en el año gravable inmediatamente anterior, sean iguales o
superiores a cuatro mil setenta y tres (4.073) UVT, en ningún caso puede ser
inferior a la que resulte mayor al aplicar la tabla del artículo 383 y la tabla
del artículo 384 del Estatuto Tributario.
Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaría expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica".
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCES SÁNCHEZ Directora de Gestión Jurídica