A partir de la misma fecha, las
personas naturales empleadoras estarán exoneradas de la obligación de pago de
los aportes parafiscales al SENA y al ICBF por los empleados que devenguen,
individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales
legales vigentes. Esto no aplica para las personas naturales que empleen menos
de dos (2) trabajadores, las cuales seguirán obligadas al pago de dichos
aportes. Para efectos de esta exoneración, los trabajadores a que hace mención
este inciso tendrán que estar vinculados con el empleador persona natural
mediante contrato laboral, quien deberá cumplir con todas las obligaciones
legales derivadas de dicha vinculación.
Derecho: Comercial, Societario, Civil, Laboral, Familia(Sucesiones). Constitución y Transformación de Sociedades. Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT y PTEE. Gestión ante: Notarios,... Registro Marcas, DIAN y Impuestos Distritales. Contacto y/o sugerencias e mail: gccasesorias@gmail.com -- Bogotá D.C. -- Colombia. --
30 de abril de 2013
A PARTIR DEL 1 DE MAYO DE 2013, EXONERACIÓN DE APORTES PARAFISCALES.
A partir del 1 de mayo de 2013, las
sociedades, y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del
impuesto sobre la renta y complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre
la renta para la equidad -CREE, estarán exoneradas del pago de los aportes
parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA y del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF, correspondientes a los trabajadores que
devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos
mensuales legales vigentes.