27 de enero de 2026

Plazo para consignación de cesantías en 2026 se traslada para el lunes 16 de febrero de 2026

En el 2026, el plazo para que las empresas consignen las cesantías cambia debido al calendario. El 14 de febrero coincide con un día no hábil. Por este motivo, el plazo se traslada al lunes 16 de febrero. En esa fecha, los empleadores deben completar el depósito en los fondos. Fuente: www.asuntoslegales.com.co

Las cesantías son un ahorro para los trabajadores con contrato laboral, incluyendo conductores y personal de servicio doméstico. El monto equivale a un mes de salario por cada año de servicio y su pago es responsabilidad directa del empleador. Este dinero debe depositarse en entidades como el Fondo Nacional del Ahorro, Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia.

Además de este rubro, los empleados reciben el pago de los intereses sobre las cesantías, calculados bajo una tasa del 12% anual sobre el saldo. A diferencia del capital de las cesantías, estos intereses se entregan directamente al trabajador. La fecha establecida

para realizar este pago es, a más tardar, el 31 de enero de 2026.

La legislación permite el retiro de estos fondos para cubrir gastos ante la terminación del contrato, financiar educación superior o invertir en vivienda.

En el caso de vivienda, el uso incluye compra de inmuebles, construcción, reparaciones o pago de impuesto predial. Otros usos contemplados son el servicio militar, fallecimiento del afiliado o sustitución patronal.

8 de enero de 2026

CIFRAS Y DATOS DE IMPORTANCIA PARA EL 2026.

 1. El incremento del salario mínimo mensual para el año 2026 a partir de 1 de Enero de 2026., será de 23% lo que significa que se fijó en $ 1.750.905.00 pesos Decreto 1469 de 2025; mientras que el aumento del auxilio de transporte será de $ 249.095.00 pesos Decreto 1470 de 2025 auxilio a pagar a  los servidores públicos y trabajadores del sector privado que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigente.

2. En consecuencia el SALARIO MINIMO INTEGRAL para el AÑO 2026 es: $ 22.761.765,00

3. A partir del 15 de julio de 2025 la jornada ordinaria se redujo a 44 horas semanales, así lo establece la Ley 2101 de 2021, el propósito es llegar a una jornada laboral de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026.

4. A diciembre de 2025 la variación anual del IPC fue 5,10%, es decir, 0.10 puntos porcentuales menor que la reportada en el mismo periodo del año anterior, cuando fue de 5,20%. Para los contratos de arrendamiento de vivienda se aplicará un incremento del 5.10% Vencido el término inicial del contrato, en sus prórrogas tácitas o expresas, (Art 20 de la ley 820 de 2003).

5. La Tasa de cambio Representativa del Mercado –TRM–, es la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos. Para el 31 de diciembre del 2025 se presentó una TRM de $ 3.757.08 La TRM disminuyó un 14.79% (652,07 Pesos) en referencia al mismo día del año anterior la cual fue de $ 4.409.15

6. Obligados a tener revisor fiscal en el 2026.  Además de los establecidos en el artículo 203 del Código de Comercio, deben tener revisor fiscal las sociedades comerciales que cumplan con las

LA DIAN BUSCA REGULAR EL REPORTE DE INFORMACIÓN SOBRE CRIPTOACTIVOS EN COLOMBIA

 En cumplimiento de la Ley 1661 de 2013 y del Acuerdo Multilateral para el Intercambio Automático de Información conforme al Marco de Reporte de Criptoactivos (CARF), la Dirección Nacional de Impuestos (DIAN) publicó la Resolución 000240 del 24 de diciembre de 2025 para que a partir del año gravable 2026 los Proveedores de Servicios de Criptoactivos (PSCA) sujetos a reporte suministren a la entidad información sobre transacciones de criptoactivos en Colombia.

A continuación, se destacan las principales novedades que incorpora la norma.

Conceptos o definiciones importantes

  • Criptoactivo se refiere a una representación digital de valor que se basa en una infraestructura de registro distribuido empleando mecanismos de seguridad criptográfica o en una tecnología similar, utilizada para validar y asegurar las transacciones y que la propiedad o el derecho a dicho valor puede negociarse o transferirse a otras personas o entidades de manera digital.
  • Criptoactivo relevante es aquel criptoactivo que no sea una moneda digital de banco central, un producto específico de dinero electrónico o cualquier criptoactivos que el proveedor de servicios de criptoactivos sujeto a reporte haya determinado adecuadamente que no puede ser utilizado para fines de pago o inversión.
  • PSCA sujeto a reporte es cualquier persona que realice transacciones de intercambio en representación de clientes, ya sea actuando como contraparte o intermediario en dichas operaciones, o poniendo en disposición una plataforma de negociación.
  • Transacción de Pago Minorista Reportable es una transferencia de criptoactivos relevantes superior a US$50.000.

Obligaciones 

  • Reporte de información: Los PSCA sujeto a reporte deberán reportar de forma electrónica a la DIAN información sobre sus usuarios reportables e información sobre el tipo de criptoactivos

JAQUE MATE PENSIONAL

 El 31 de diciembre, el gobierno de Gustavo Petro expidió el Decreto 1485, una norma que terminará de marchitar a las administradoras de fondos de pensiones y al seguro previsional. Al final del día, el jaque mate al sistema pensional colombiano.

El decreto en cuestión modifica uno expedido en 2015 que establecía que cuando el Gobierno incrementara el salario mínimo por encima de la inflación y la productividad, debía asumir el costo de ese excedente, consignándolo en el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, a fin de garantizar el acceso a una pensión de renta vitalicia para quienes cumplieran la edad y semanas exigidas, y no tuvieran el capital suficiente.

Ahora, con el Decreto 1485, el Gobierno se desliga de esa obligación y deja el pago de las pensiones mínimas única y exclusivamente en manos del Fondo de Garantía, administrado por las AFP, y que se

7 de enero de 2026

AÑO 2026 CUANTÍAS EN TEMAS PROCESALES CIVILES C.G.P. y LABORAL

 

Fuente: Instituto Colombiano de Derecho Procesal ICDP

3 de enero de 2026

MEDIDAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA PARA 2026: DECLARATORIA DE EMERGENCIA ECONÓMICA

En el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el actual gobierno de Colombia el 22 de diciembre de 2025, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025, adoptando medidas tributarias extraordinarias para atender los gastos del Presupuesto General de la Nación (PGN).

IMPUESTO AL PATRIMONIO Para 2026 se reduce el umbral de causación a 40.000 Unidad de Valor Tributario (UVT) (COP$2 millones), ampliando la base de contribuyentes sujetos a este impuesto.

A partir de ese monto se establecen tarifas marginales progresivas, desde 0,5 por ciento llegando hasta el 5 por ciento para patrimonios superiores a 2.000.000 UVT (COP$104.748 millones).

IVA E IMPUESTO AL CONSUMO Los licores, vinos, aperitivos y similares estarán gravados con impuesto al valor agregado (IVA) del 19 por ciento durante 2026, además del impuesto al consumo.

    Solo estarán exentas de IVA las importaciones de tráfico postal, envíos urgentes o de entrega rápida cuyo valor no exceda de US$50 (antes US$200). Esto tendrá un impacto significativo a quienes hacen compras a través de plataformas digitales.

    Los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, tanto en Colombia como desde el exterior, estarán gravados con IVA del 19 por ciento durante 2026. Los operadores extranjeros serán responsables del impuesto bajo las mismas reglas que los prestadores de servicios digitales.

2 de enero de 2026

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA ENERO 2026 SERÁ DE 24,36 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 26 de diciembre de 2025 la Resolución No. 2288 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.36 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

31 de diciembre de 2025

AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO Y AUXILIO DE TRANSPORTE PARA 2026

Mediante los decretos 1469 y 1470 de 2025, el 29 de diciembre de 2025, el presidente de Colombia anunció el aumento del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) y auxilio de transporte. A partir del 1 de enero de 2026, el SMLMV será de COP$1.750.905, lo que representa un incremento del 23 por ciento en comparación con el salario mínimo establecido para el 2025. Por su parte, el auxilio de transporte para 2026 se fijará en COP$249.095.

1 de diciembre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA DICIEMBRE 2025 SERÁ DE 25,02 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 28 de noviembre de 2025 la Resolución No. 2134 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.02 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

9 de noviembre de 2025

MODIFICACIÓN SARLAFT EN SECTOR TRANSPORTE

La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución No. 16615 de 2025, que modifica y precisa el marco de SARLAFT en el sector transporte establecido en la Resolución 2328 de marzo. Esta resolución detalla sujetos obligados a implementar SARLAFT, aclara plazos para reportes (ROS a la UIAF) y extiende el plazo de implementación hasta el 6 de mayo de 2026.

1 de noviembre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA NOVIEMBRE 2025 SERÁ DE 24,99 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 31 de octubre de 2025 la Resolución No. 1995 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.99 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

5 de octubre de 2025

SUPERFINANCIERA REVOLUCIONA LA SUPERVISIÓN DE RIESGOS DE LAVADO DE ACTIVOS CON INTELIGENCIA ARTIFICIAL

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) anunció hoy un hito en la historia de supervisión financiera, con la implementación de una herramienta de Inteligencia Artificial que automatiza la calificación del diseño del programa de prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (LAFT), de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Este avance tecnológico, desarrollado por el Grupo Centro de Excelencia e Inteligencia Artificial de la SFC, marca un antes y un después en la supervisión del sistema financiero, optimizando la labor de la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Cabe señalar que la evaluación del diseño del programa de prevención del riesgo de LAFT la venía realizando el supervisor financiero de manera manual con bastante precisión, pero con una demanda de tiempo considerable.

Esta nueva herramienta Suptech utiliza la Inteligencia Artificial (IA) para mejorar el programa de prevención del riesgo de LAFT, reduciendo significativamente los tiempos de procesamiento y dando paso a un análisis más ágil y objetivo.

Adicionalmente, al ser una tecnología IA, con cada calificación el sistema aprende y mejora su precisión, lo que le permite procesar un mayor número de matrices e integrar nuevas variables para una supervisión más integral.

Con esta innovación estamos dejando que la Inteligencia Artificial se encargue del trabajo más operativo, permitiendo que los funcionarios de la SFC se enfoquen en los aspectos que fundamentan nuestra misión: el análisis prospectivo y la toma de decisiones estratégicas.

Este avance es un pilar fundamental en el desarrollo del Plan Estratégico de Supervisión Digital, con el que la SFC busca modernizar los procesos para seguir robusteciendo la solidez y la transparencia del sistema financiero, con herramientas que permitan una supervisión más eficiente, escalable y precisa.

1 de octubre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA OCTUBRE 2025 SERÁ DE 24,36 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 30 de septiembre de 2025 la Resolución No. 1821 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.36 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

6 de septiembre de 2025

RESOLUCIÓN 3461 DE 2025: COLOMBIA REFUERZA COMITÉS DE CONVIVENCIA LABORAL

 El Ministerio del Trabajo de Colombia el 1 de septiembre de 2025, expidió la Resolución 3461 de 2025, mediante la cual derogó las Resoluciones 652 y 1356 de 2012 y estableció un nuevo marco normativo para la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral en entidades públicas y privadas.

El propósito central de esta resolución es prevenir, atender y canalizar de manera eficaz las situaciones de acoso laboral, garantizando entornos de trabajo seguros, respetuosos y libres de violencia. De igual forma, la resolución atiende la necesidad de armonizar la normativa interna con los compromisos internacionales asumidos por Colombia, especialmente el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como con los desarrollos legislativos recientes en materia de trabajo decente, equidad de género y salud mental.

Conformación de los Comités de Convivencia Laboral

La integración de los comités dependerá del número de trabajadores vinculados en cada entidad, así:

  • entidades públicas y empresas privadas con menos de cinco trabajadores: un representante del empleador y un representante de los trabajadores
  • entidades públicas y empresas privadas con más de cinco y hasta 20 trabajadores: un representante del empleador y uno de los trabajadores, cada uno con sus respectivos suplentes
  • entidades públicas y empresas privadas con más de 20 trabajadores: cuatro miembros en total, conformados por dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, todos con sus suplentes

Es importante señalar que las entidades públicas y las empresas privadas que cuenten con dos o más

1 de septiembre de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA SEPTIEMBRE 2025 SERÁ DE 25,01 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 29 de agosto de 2025 la Resolución No. 1658 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.01 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

1 de agosto de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA AGOSTO 2025 SERÁ DE 25,17 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 31 de julio de 2025 la Resolución No. 1490 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.17 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

5 de julio de 2025

LEY 2466 DE 2025 REFORMA LABORAL PRINCIPALES CAMBIOS

Contratos Laborales

El contrato a término indefinido es la regla general; los de término fijo se limitan a 4 años máximo y deben ser por escrito, convirtiéndose en indefinidos si no cumplen requisitos. Incluye regulaciones específicas para plataformas digitales, aprendices SENA (remuneración 75-100% SMLMV con plenos derechos) y sectores como agropecuario, deportivo y artístico.

Jornada y Recargos

La jornada nocturna inicia a las 7 p.m. (vigencia en 6 meses), con recargo del 35%; recargo dominical/festivo sube gradualmente al 100% (2025: 80%, 2026: 90%, 2027+: 100%). Permite distribución flexible de hasta 9 horas diarias (42 semanales) y jornadas para cuidadores.

Incentivos y Formalización

Introduce programa CREA EMPLEO (hasta 25% SMLMV por nuevo empleo, 6 meses) y cotizaciones parciales para microempresas/hogares en sectores informales. Formaliza manipuladores PAE progresivamente hasta 2028 y trabajadores domésticos vía Convenio 189 OIT.

Procesos disciplinarios

Se establecen etapas que deberán cumplir las empresas para la imposición de sanciones a los trabajadores. Exige debido proceso disciplinario con presunción de inocencia y defensa; prohíbe discriminación por

1 de julio de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA JULIO 2025 SERÁ DE 24,78 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 27 de junio de 2025 la Resolución No. 1254 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.78 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

14 de junio de 2025

SARLAFT RESOLUCIÓN 10688 DE JUNIO DE 2025 SUPER TRANSPORTE

La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución No 10688 del 6 de junio de 2005, mediante la cual crea el Comité de Supervisión de Cumplimiento de los Sistemas de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva-SARLAFT, y los Programas de Transparencia y Ética Empresarial-PTEE, para el sector transporte.

La Entidad ha llevado a cabo acciones contundentes ratificando su compromiso con la lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, como la expedición de normas regulatorias, el fortalecimiento de sus capacidades internas, y la implementación de herramientas tecnológicas para la supervisión.

El objetivo principal de la Política de Supervisión de la SuperTransporte pretende la actualización de procedimientos, manuales, guías, protocolos y demás documentos propios del sistema de gestión documental. Por ello, la Entidad ha acompañado a sus vigilados en la implementación de los Sistemas, con el propósito de promover la legalidad y evitar sanciones a los empresarios del sector.

1 de junio de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA JUNIO 2025 SERÁ DE 25,55 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 30 de mayo de 2025 la Resolución No. 1078 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.55 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.