La Superintendencia de Sociedades anunció el
nacimiento de un nuevo modelo empresarial en Colombia, se trata del modelo
Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), a partir de la entrada en
vigencia de la ley 1901, que acaba de sancionar el Gobierno.
La
norma permite la creación de compañías, que más allá de su finalidad lucrativa,
cuentan con una vocación de interés común, es decir, que además de ser un
negocio rentable para sus accionistas, procuran el bienestar de las comunidades
en donde están instaladas, de sus trabajadores y del medio ambiente.
El
Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, explicó que esta
novedosa modalidad empresarial “es una especie de híbrido en el que se combinan
simultáneamente las ventajas de la actividad mercantil, con la posibilidad de
contribuir al medio ambiente, propende por el bienestar de los trabajadores y
mejorar ciertas circunstancias que tienen que ver con el interés común”.
Reyes
Villamizar agregó que “la norma trae nuevas obligaciones para los
administradores que, además de tener en cuenta los intereses de la sociedad y
sus accionistas, puede contemplar también los de terceros y, en términos más
generales, el interés colectivo. Todo ello tiene que reflejarse en un
estándar independiente que se debe manifestar en informes anuales de gestión,
que se deben presentar a consideración de los accionistas, donde se da cuenta
del impacto que estas actividades de beneficio común han tenido en la comunidad
donde opera la respectiva compañía”.
El
Superintendente destacó que con esta ley, “la Superintendencia de Sociedades
adquiere nuevas facultades, como la atribución de definir estándares sobre las
actividades de
beneficio de bien común que estas compañías hubieren adelantado
durante el ejercicio contable respectivo. Las compañías que opten por este
modelo de negocio, deben incluir la denominación BIC dentro de su nombre o la
expresión sociedad de beneficio e interés común para identificarla y
diferenciarla de las sociedades que tienen solamente un fin lucrativo”.
La
norma recientemente sancionada por el Gobierno, le ordena a las entidades de la
Rama Ejecutiva promover las medidas necesarias para impulsar “el desarrollo de
las sociedades BIC, bajo la premisa de la formalización, la función social de
la empresa y el beneficio e interés colectivo”.
Hay
destacar que la nueva ley consagra que las sociedades BIC tendrán, entre otras,
las siguientes características:
-
Establecen una remuneración salarial razonable para sus trabajadores y analizan
las diferencias salariales entre sus empleados mejor y peor remunerados, para
establecer estándares de equidad.
-
Destinan subsidios para capacitar y desarrollar profesionalmente a sus
trabajadores y ofrecen programas de reorientación. profesional a los empleados
a los que se les ha dado por terminado su contrato de trabajo.
-
Crean opciones para que los trabajadores tengan participación en la sociedad, a
través de la adquisición de acciones. Adicionalmente, amplían los planes de
salud y beneficios de bienestar de sus empleados y diseñan también estrategias
nutrición salud mental y física, propendiendo por el equilibrio entre la vida
laboral la privada de sus trabajadores.
-
Crean un manual para sus empleados, con el fin de consignar los valores y
expectativas de la sociedad.
-
Brindan opciones de empleo que le permitan a los trabajadores tener
flexibilidad en la jornada laboral y crean opciones de teletrabajo, sin afectar
la remuneración de los sus trabajadores.
-
Crean opciones de trabajo para la población estructuralmente desempleada, tales
como los jóvenes en situación de riesgo, individuos sin hogar, reinsertados o
personas que han salido de la cárcel.
-
Expanden la diversidad en la composición de las juntas directivas, equipo
directivo, ejecutivo y proveedores, con el fin de incluir en ellos personas
pertenecientes a distintas culturas, minorías étnicas, creencias religiosas
diversas, con distintas orientaciones sexuales, capacidades físicas
heterogéneas y diversidad de género.
-
Incentivan las actividades de voluntariado y crean alianzas con fundaciones que
apoyen obras sociales en interés de la comunidad.
Fuente:
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.