21 de junio de 2018

SE CAYÓ LEY QUE BAJÓ APORTES DE PENSIONADOS A LA SALUD


Con siete votos contra uno, la Corte Constitucional le dio la razón al Gobierno al encontrar “fundadas las objeciones” que presentó contra la ley que bajaba del 12 al 4 por ciento los aportes de salud de todos los pensionados del país.
 Se trata del proyecto de Ley 170 del 2016 que aprobó el Congreso y que establecía una reducción de la cotización al régimen contributivo que tradicionalmente han hecho los que reciben una mesada pensional.
Esa norma recibió la bendición de Cámara y Senado a pesar de que durante el trámite el Ejecutivo se opuso, argumentando el alto impacto fiscal y la eventual imposibilidad del Estado para asumir los 3,7 billones de pesos que, en promedio, costaría la reducción.
En su momento, los congresistas argumentaron que el mismo presidente Santos, durante su campaña del 2014, había prometido a los pensionados un alivio en sus ingresos al bajar el monto de los aportes en salud.
 “En el Congreso tenemos en cuenta el impacto fiscal de las iniciativas, pero también tenemos en cuenta que a este Gobierno le aprobamos una reforma tributaria con la que se podrían cubrir este tipo de gastos”, aseguró el entonces presidente del Senado, Mauricio Lizcano, tras la última votación de la norma.
 Los magistrados consideraron, tal como lo planteó el Ejecutivo, que el proyecto aprobado violó las reglas de trámite, pues al tratarse de una ley con impacto económico debía tener el visto bueno del Gobierno (el principio de la regla fiscal).
Otra de las razones por las que el presidente Juan Manuel Santos se opuso a la ley tenía que ver con que a pesar de que inicialmente el proyecto limitaba el beneficio a los pensionados de más bajos recursos (los que reciben entre uno y dos salarios mínimos), el Congreso terminó extendiendo la rebaja a todas las mesadas, incluyendo las polémicas megapensiones. De esta manera, los pensionados más privilegiados obtenían una nueva gabela pagada con la plata de todos los colombianos.
 Además, el Congreso no especificó cómo se cubrirían los recursos de la salud que ya no entrarían por aportes directos de los afiliados. La Procuraduría había pedido a la Corte dejar en firme la ley. “La sostenibilidad fiscal no debe ser entendida como una barrera para restringir el alcance o protección efectiva de los derechos fundamentales, sino como un imperativo de búsqueda de alternativas para su efectiva concreción”, decía el concepto enviado por el Ministerio Público. POR: Portafolio junio 20 de 2018 - 07:58 p.m.