17 de agosto de 2017

SANCIONADA LEY QUE TIENE POR OBJETO FORTALECER Y GARANTIZAR EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA,

El Presidente de la República sancionó la ley 1857 DE 2017, que modifica y adiciona la Ley 1361 del 2009, con el objeto de fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia.
El objeto de esta (Ley 1857 de 2017) es “adicionar y complementar las medidas de protección de la familia” y otras disposiciones. Tales como;  “Los empleadores podrán adecuar los horarios laborales para facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, para atender sus deberes de protección y acompañamiento de su cónyuge o compañera(o) permanente, a sus hijos menores, a las personas de la tercera edad de su grupo familiar o a sus familiares dentro del 3er grado de consanguinidad que requiera del mismo; como también a quienes de su familia se encuentren en situación de discapacidad o dependencia.”. 
La misma Ley establece el 15 de mayo como el Día Nacional de la Familia. Declárese el 15 de mayo de cada año, como el "Día Nacional de la Familia", El Día de la Familia será también el "Día sin Redes", para lo cual los operadores de telecomunicaciones de internet y telefonía móvil en cumplimiento a la función social que les asiste, promoverán mensajes que durante ese día inviten a los usuarios a un uso responsable de todos los medios digitales, adviertan los riesgos que conllevan y a dedicarle tiempo de calidad, a los miembros de su familia.
 Además, precisa que los empleadores “deberán facilitar, promover y gestionar una jornada
semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario.”
 La ley hace una claridad: si el empleador no llegase a gestionar esa jornada para la familia, “deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario”.


Fuente Blu Radio 17 / Ago / 2017  “La ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, aclaró que no es cierto que los colombianos vayan a tener dos días más de vacaciones al año. Según Restrepo, todo se debió a una mala interpretación de la ley 1857, que tiene como objetivo crear jornadas de integración familiar.
    “Ha habido una mala interpretación de la ley. Esta es una ley que tiene un propósito y es buscar que tanto el Estado, como las empresas le den más importante a la familia como núcleo de la sociedad”, señaló en diálogo con Blu Radio.
El propósito es que los empresarios flexibilicen los tiempos laborales de sus empleados para pasar tiempo con su familia. Asimismo, en cuanto a la jornada semestral, la ministra aseguró que se trata de actividades de integración que deben realizarse en la empresa y no como se aseguró que eran dos días de vacaciones.
La ley hace una invitación a que en estas actividades participen los empleados y sus familias, jornadas que deben ser organizadas por la empresa.
Este es el artículo que se malinterpretó:
“Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan ese espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario”
Fuente Blu Radio 17 / Ago / 2017