5 de febrero de 2017

DIEZ CLAVES PARA PAGAR EL PREDIAL POR CUOTAS

Se puede cancelar en 4 plazos, pero cumpliendo fechas límite. Este sistema no permite descuento. Los contribuyentes deben saber que si acceden al sistema de cuotas, no tendrán el acostumbrado descuento del 10 por ciento por pronto pago y que si no cumplen los plazos a los que se comprometen, tendrán que asumir intereses por mora. Pagar por cuotas es una opción para los contribuyentes que no puedan cancelar el tributo de contado, pero no es obligatorio para quienes quieren seguir pagando con descuento y en una sola operación.
Para pagar por cuotas, debe declararlo. Para esto, ingrese a  www.haciendabogota.gov.co antes del 31 de marzo y declare que se acoge al pago por cuotas. Los recibos de las cuotas no llegan a la casa.
Este año, el impuesto se liquidó solo teniendo en cuenta el avalúo catastral, en cumplimiento del acuerdo del Concejo que eliminó el estrato como criterio para definir el predial. La Administración premiará con un descuento del 1 por ciento a los propietarios que actualicen sus datos de manera electrónica en la página web de la Secretaría de Hacienda,  para pago por cuotas siga el siguiente procedimiento:
1. Así busca la factura: Si no le llaga la factura a la casa, puede ingresar a www.haciendabogota.gov.co y descargarla en la sección impuestos-predial con los datos del inmueble. También puede acercarse a los cades y supercades para solicitarla.
2. Para varios predios
Se puede dividir en cuotas el pago de varios predios de un mismo propietario, siempre y cuando sean de uso residencial o de uso mixto comercial, y que el local comercial sea de 30 metros o menos. No debe estar en corredor comercial.
3. Claves para el pago
El pago por cuotas se puede hacer por internet o en bancos, cades y supercades con puntos de pago. También se puede hacer en kioscos de autoatención donde se puedan imprimir los formularios. Por ahora, el pago por cuotas no se puede realizar con tarjeta de crédito.
4. Hay que declarar
Para pagar por cuotas, debe declararlo. Para esto, ingrese a www.haciendabogota.gov.co antes del 31 de marzo y declare que se acoge al pago por cuotas. Los recibos de las cuotas no llegan a la casa.
5. Son cuatro cuotas
Se podrá pagar en cuatro cuotas iguales bimestrales, el 12 de mayo, el 14 de julio, el 15 de septiembre y 17 de noviembre. Si no cumple las fechas, pagará intereses por mora a partir del vencimiento.
6. Así puede obtener los recibos de pago
Si paga por cuotas, puede consultar y descargar los recibos por la página de internet de la Secretaría de Hacienda (http://www.shd.gov.co) o solicitarlos en los cades y supercades.
7. Se puede arrepentir
Si a pesar de declarar que quiere pagar por cuotas al final decide hacerlo de contado, no hay problema. Si es antes del 7 de abril, tendrá el descuento del 10 por ciento por pronto pago.
8. Sin declarar, paga todo
Si no declara antes del 31 de marzo que quiere pagar por cuotas, debe pagar el total antes del 7 de abril con descuento del 10 por ciento o antes del 16 de junio sin descuento.
9. Solo aplica a residencial
Según la Secretaría de Hacienda, el impuesto del depósito o del garaje no se puede pagar por cuotas, porque el beneficio solo aplica para los predios de uso residencial.
10. No hay cuotas para deudas
No se podrá diferir por cuotas los impuestos de años anteriores al 2017. El beneficio solo aplica hacia el futuro. Pero deber años anteriores no impide que el impuesto de este año se pague por cuotas.
Ahora los predios que tienen el mismo valor pagan tarifa igual
Desde este año está rigiendo en la ciudad una tabla de tarifas de 30 rangos, que comienza en 5,5 × 1.000 y termina en 11,3 × 1.000, es decir, se pagan entre 5,5 y 11,3 pesos por cada 1.000 de avalúo. La tarifa más baja le correspondió a los predios con avalúo catastral inferior a 93’076.000 pesos, y a partir de ese monto la tarifa sube en la medida en que se incrementa el avalúo catastral del predio.
La filosofía de este nuevo esquema es que entre más alto el avalúo, más alta la tarifa que se tiene que pagar y que los predios con el mismo avalúo tengan una tarifa similar para garantizar equidad.
De acuerdo con la tabla aprobada por el Concejo, todos los inmuebles que se usan para vivienda y que estén con valores inferiores a 389’186.000 pesos pagarán por debajo de 7 × 1.000. De ese valor hasta 624’186.000, la tarifa oscila entre 7,2 y 8,8 × 1.000.
Hay un régimen especial que cobija a 751.684 viviendas de interés social y prioritario, que están en estratos 1, 2 y 3. Las de estrato 1 o 2 que valgan entre 16 y 107 salarios mínimos mensuales (11’031.200 y 73’771.150 pesos, aproximadamente) pagarán 1 × 1.000. A las de estratos 1 o 2 entre 107 y 135 salarios mínimos (hasta $ 93’075.750, aproximadamente) les corresponderá 3 × 1.000, que también cobijará a las viviendas de interés prioritario (VIP) y las viviendas de interés social (VIS) inferiores a 135 salarios mínimos de estrato 3.
La Secretaría de Hacienda no ha revelado este año cuánto subió el impuesto predial en relación con el monto que los contribuyentes pagaron el año pasado, pero es un hecho que el incremento no podrá ser superior al 20 por ciento, por decisión del Concejo, que aprobó por acuerdo el sistema de cuotas y los límites a los incrementos.
fuente El tiempo.com