17 de septiembre de 2020

LA CORTE CONSTITUCIONAL TUMBÓ EL DECRETO 797 DEL PASADO 2º DE JUNIO QUE FUE EXPEDIDO PARA REGULAR LA TERMINACIÓN UNILATERAL DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES.

La Corte Constitucional tumbó este jueves, con una votación 5-4, el decreto 797 del pasado 2º de junio que fue expedido en el marco del Estado de Emergencia por la pandemia de COVID-19 para regular la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento de locales comerciales por parte de los arrendatarios. Esto aplicaba para sectores que no estaban todavía habilitados para volver a funcionar como bares, discotecas, casinos, gimnasios, piscinas, spa, cines, entre otros.

El decreto facultaba a los arrendatarios a terminar de forma unilateral hasta el pasado 31 de agosto los contratos de locales comerciales en los que también funcionaran terminales de juego de video, balnearios, canchas deportivas, parques de atracciones mecánicas, teatros y servicios religiosos que implicaran aglomeraciones. Y señalaba que el arrendatario estaba obligado a pagar un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato, sin mayor sanción. Al estudiar el caso, la Corte Constitucional declaró inexequible el decreto al estimar no se podía vulnerar la autonomía de la voluntad privada y la libertad contractual, en tratándose de comerciantes.

Fuente:https://www.elespectador.com/noticias/judicial/corte-constitucional-tumba-decreto-sobre-arrendamientos-comerciales-en-la-pandemia/