Fuente Ana María Sánchez amsanchez@larepublica.com.co 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
Una de las últimas normas inexequibles
fue la que permitía que los arrendatarios pudieran terminar el contrato
unilateralmente. Desde que el Gobierno Nacional declaró la Emergencia Económica
en el país se emitieron alrededor de 115 Decretos que buscaban solventar la
crisis en todos sus frentes.
Sin embargo, tras casi tres meses de las
declaratorias, la Corte Constitucional inició un camino de revisión, que al
momento deja inexequibles seis Decretos económicos y varios artículos de otras
tres normas.
El Tribunal, luego de sus análisis,
encontró ajustables mucha de legislación creada en medio de la emergencia,
pero, a su vez, encontró errores en los conceptos, falta de firmas de
ministros, e incluso, errores en el procedimiento de los mismos.
El primero de los articulados que la
Corte declaró inexequible, y que no podrá ponerse en aplicación de ahora en
adelante, es el 558, cuyo objetivo era el de dar una reducción de 16% a 3% en
los aportes pensionales y que, según el Ministro de Hacienda, benefició a miles
de empresarios quienes se vieron afectados por la pandemia. Sin embargo, los
magistrados explicaron en su momento, que esto reduciría los montos del ahorro
pensional, por lo que, además, declaró que será retroactivo, es decir, que
empleadores deberán ponerse al día con esos pagos.
Otro de los Decretos que siguió en la lista de rechazados fue el 568, con el que se creó el impuesto solidario a trabajadores del Estado con salarios superiores a $10 millones y que, según cálculos del