La
Superintendencia de Sociedades, mediante Circular Externa de 2018 estableció
los plazos de reporte de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de
2018.
Las fechas
establecidas para envío de información financiera son las siguientes:
Últimos dos dígitos del NIT
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Envío de información 2019
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Últimos dos dígitos del NIT
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Envío de información 2019
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01 - 05
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Miércoles 27 de marzo
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51 - 55
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Miércoles 10 de abril
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06 - 10
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Jueves 28 de marzo
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56 - 60
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Jueves 11 de abril
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11 - 15
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Viernes 29 de marzo
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61 - 65
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Viernes 12 de abril
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16 - 20
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Lunes 01 de abril
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66 - 70
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Lunes 22 de abril
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21 - 25
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Martes 02 de abril
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71 – 75
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Martes 23 de abril
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26 - 30
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Miércoles 03 de abril
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76 - 80
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Miércoles 24 de abril
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31 - 35
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Jueves 04 de abril
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81 – 85
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Jueves 25 de abril
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36 - 40
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Viernes 05 de abril
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86 - 90
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Viernes 26 de abril
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41 - 45
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Lunes 08 de abril
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91 - 95
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Lunes 29 de abril
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46 - 50
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Martes 09 de abril
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96 - 00
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Martes 30 de abril
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Por mandato
del artículo 289 del Código de Comercio, las entidades empresariales sometidas
a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades, están obligadas a
reportar los estados financieros de fin de ejercicio, en este caso con corte a 31 de diciembre de 2018, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, sin necesidad de orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta entidad, como también las sociedades sometidas a inspección por esta Superintendencia.
reportar los estados financieros de fin de ejercicio, en este caso con corte a 31 de diciembre de 2018, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, sin necesidad de orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta entidad, como también las sociedades sometidas a inspección por esta Superintendencia.
Las
sociedades obligadas a reportar deberán entregar los estados financieros y los
documentos adicionales entre ellos:
a)
Certificación de los estados financieros.
b) El
informe de gestión que los administradores deben presentar a la asamblea o
junta de socios.
c) El
dictamen del revisor fiscal.
d) Las notas
explicativas de los estados financieros.
Según la
circular, la información financiera deberá ser entregada dentro de las fechas
señaladas a continuación, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la
entidad empresarial, sin incluir el de verificación (DV).
Los preparadores
de información financiera que conforman el grupo 3, que se encuentren sometidos
a la vigilancia o control de esta superintendencia, deberán remitir los estados
financieros, con sus respectivas notas, en formato comercial (papel) a más
tardar el 30 de abril de 2019.
El
informe de 42 sobre prácticas empresariales deberá ser remitido por las
entidades sujetas a vigilancia o control, los plazos inician el 6 y terminan el
17 mayo de 2019.
Importante
tener en cuenta, que las entidades empresariales sometidas al grado de
supervisión consistente en vigilancia o control, por parte de esta
superintendencia, que a 31 de diciembre de 2018, determinen que NO CUMPLEN
CON LA HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA deben atender lo dispuesto en la Circular Externa 100-000006 de 2018 para el
reporte de la información financiera solicitada.
El plazo
para remitir la información financiera será hasta el 30 de mayo de 2019.