8 de enero de 2026

CIFRAS Y DATOS DE IMPORTANCIA PARA EL 2026.

 1. El incremento del salario mínimo mensual para el año 2026 a partir de 1 de Enero de 2026., será de 23% lo que significa que se fijó en $ 1.750.905.00 pesos Decreto 1469 de 2025; mientras que el aumento del auxilio de transporte será de $ 249.095.00 pesos Decreto 1470 de 2025 auxilio a pagar a  los servidores públicos y trabajadores del sector privado que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigente.

2. En consecuencia el SALARIO MINIMO INTEGRAL para el AÑO 2026 es: $ 22.761.765,00

3. A partir del 15 de julio de 2025 la jornada ordinaria se redujo a 44 horas semanales, así lo establece la Ley 2101 de 2021, el propósito es llegar a una jornada laboral de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026.

4. A diciembre de 2025 la variación anual del IPC fue 5,10%, es decir, 0.10 puntos porcentuales menor que la reportada en el mismo periodo del año anterior, cuando fue de 5,20%. Para los contratos de arrendamiento de vivienda se aplicará un incremento del 5.10% Vencido el término inicial del contrato, en sus prórrogas tácitas o expresas, (Art 20 de la ley 820 de 2003).

5. La Tasa de cambio Representativa del Mercado –TRM–, es la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos. Para el 31 de diciembre del 2025 se presentó una TRM de $ 3.757.08 La TRM disminuyó un 14.79% (652,07 Pesos) en referencia al mismo día del año anterior la cual fue de $ 4.409.15

6. Obligados a tener revisor fiscal en el 2026.  Además de los establecidos en el artículo 203 del Código de Comercio, deben tener revisor fiscal las sociedades comerciales que cumplan con las

LA DIAN BUSCA REGULAR EL REPORTE DE INFORMACIÓN SOBRE CRIPTOACTIVOS EN COLOMBIA

 En cumplimiento de la Ley 1661 de 2013 y del Acuerdo Multilateral para el Intercambio Automático de Información conforme al Marco de Reporte de Criptoactivos (CARF), la Dirección Nacional de Impuestos (DIAN) publicó la Resolución 000240 del 24 de diciembre de 2025 para que a partir del año gravable 2026 los Proveedores de Servicios de Criptoactivos (PSCA) sujetos a reporte suministren a la entidad información sobre transacciones de criptoactivos en Colombia.

A continuación, se destacan las principales novedades que incorpora la norma.

Conceptos o definiciones importantes

  • Criptoactivo se refiere a una representación digital de valor que se basa en una infraestructura de registro distribuido empleando mecanismos de seguridad criptográfica o en una tecnología similar, utilizada para validar y asegurar las transacciones y que la propiedad o el derecho a dicho valor puede negociarse o transferirse a otras personas o entidades de manera digital.
  • Criptoactivo relevante es aquel criptoactivo que no sea una moneda digital de banco central, un producto específico de dinero electrónico o cualquier criptoactivos que el proveedor de servicios de criptoactivos sujeto a reporte haya determinado adecuadamente que no puede ser utilizado para fines de pago o inversión.
  • PSCA sujeto a reporte es cualquier persona que realice transacciones de intercambio en representación de clientes, ya sea actuando como contraparte o intermediario en dichas operaciones, o poniendo en disposición una plataforma de negociación.
  • Transacción de Pago Minorista Reportable es una transferencia de criptoactivos relevantes superior a US$50.000.

Obligaciones 

  • Reporte de información: Los PSCA sujeto a reporte deberán reportar de forma electrónica a la DIAN información sobre sus usuarios reportables e información sobre el tipo de criptoactivos

JAQUE MATE PENSIONAL

 El 31 de diciembre, el gobierno de Gustavo Petro expidió el Decreto 1485, una norma que terminará de marchitar a las administradoras de fondos de pensiones y al seguro previsional. Al final del día, el jaque mate al sistema pensional colombiano.

El decreto en cuestión modifica uno expedido en 2015 que establecía que cuando el Gobierno incrementara el salario mínimo por encima de la inflación y la productividad, debía asumir el costo de ese excedente, consignándolo en el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, a fin de garantizar el acceso a una pensión de renta vitalicia para quienes cumplieran la edad y semanas exigidas, y no tuvieran el capital suficiente.

Ahora, con el Decreto 1485, el Gobierno se desliga de esa obligación y deja el pago de las pensiones mínimas única y exclusivamente en manos del Fondo de Garantía, administrado por las AFP, y que se

7 de enero de 2026

AÑO 2026 CUANTÍAS EN TEMAS PROCESALES CIVILES C.G.P. y LABORAL

 

Fuente: Instituto Colombiano de Derecho Procesal ICDP

3 de enero de 2026

MEDIDAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA PARA 2026: DECLARATORIA DE EMERGENCIA ECONÓMICA

En el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el actual gobierno de Colombia el 22 de diciembre de 2025, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025, adoptando medidas tributarias extraordinarias para atender los gastos del Presupuesto General de la Nación (PGN).

IMPUESTO AL PATRIMONIO Para 2026 se reduce el umbral de causación a 40.000 Unidad de Valor Tributario (UVT) (COP$2 millones), ampliando la base de contribuyentes sujetos a este impuesto.

A partir de ese monto se establecen tarifas marginales progresivas, desde 0,5 por ciento llegando hasta el 5 por ciento para patrimonios superiores a 2.000.000 UVT (COP$104.748 millones).

IVA E IMPUESTO AL CONSUMO Los licores, vinos, aperitivos y similares estarán gravados con impuesto al valor agregado (IVA) del 19 por ciento durante 2026, además del impuesto al consumo.

    Solo estarán exentas de IVA las importaciones de tráfico postal, envíos urgentes o de entrega rápida cuyo valor no exceda de US$50 (antes US$200). Esto tendrá un impacto significativo a quienes hacen compras a través de plataformas digitales.

    Los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, tanto en Colombia como desde el exterior, estarán gravados con IVA del 19 por ciento durante 2026. Los operadores extranjeros serán responsables del impuesto bajo las mismas reglas que los prestadores de servicios digitales.

2 de enero de 2026

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA ENERO 2026 SERÁ DE 24,36 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 26 de diciembre de 2025 la Resolución No. 2288 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.36 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.