20 de marzo de 2020

Nuevos plazos para renovación Matrícula Mercantil, RUP y RUNEOL. Decreto 434 de 2020

Mediante el Decreto 434 de 2020, el Gobierno Nacional extendió, hasta el 3 de julio de 2020, el plazo para LA RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA MERCANTIL, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza  (RUNEOL) y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social-RUES. relacionados en el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con excepción del registro único de proponentes.
Por su parte, el plazo máximo para renovar el Registro Único de Proponentes (RUP) es hasta el quinto día hábil del mes de julio de 2020. Así lo definió el Decreto 434 de 2020, expedido en razón a la crisis del coronavirus.
Reuniones ordinarias de asamblea. Las reuniones ordinarias de asamblea correspondientes al ejercicio del año 2019 de que trata el artículo 422 del Código de Comercio podrán efectuarse hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional.
Si no fuere convocada, la asamblea se reunirá por derecho propio el día hábil siguiente al mes de que trata el inciso anterior, a las 10 a.m., en las oficinas del domicilio principal donde funcione· la administración de la sociedad. Los administradores permitirán el ejercicio del derecho de inspección a los accionistas o a sus representantes durante los quince días anteriores a la reunión.
Parágrafo. Todas las personas jurídicas, sin excepción, estarán facultadas para aplicar las reglas previstas en el presente artículo en la realización de reuniones presenciales, no presenciales o mixtas de sus órganos colegiados.