Mediante el Decreto 434 de 2020, el Gobierno Nacional
extendió, hasta el 3 de julio de 2020, el plazo para LA RENOVACIÓN DE LA
MATRÍCULA MERCANTIL, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras
de Libranza (RUNEOL) y demás
registros que integran el Registro Único Empresarial y Social-RUES. relacionados
en el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con excepción del registro
único de proponentes.
Por su parte, el plazo máximo para renovar el Registro
Único de Proponentes (RUP) es hasta el quinto día hábil del mes de julio de
2020. Así lo definió el Decreto 434 de 2020, expedido en razón a la crisis del
coronavirus.
Reuniones ordinarias de asamblea. Las reuniones
ordinarias de asamblea correspondientes al ejercicio del año 2019 de que trata
el artículo 422 del Código de Comercio podrán efectuarse hasta dentro del mes
siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada en el
territorio nacional.
Parágrafo. Todas las personas jurídicas, sin
excepción, estarán facultadas para aplicar las reglas previstas en el presente
artículo en la realización de reuniones presenciales, no presenciales o mixtas
de sus órganos colegiados.