20 de junio de 2017

IMPLEMENTACIÓN del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST- Res 1111 de 2017

Con la orden de implementación del SG-SST, a partir de junio de 2017 se da formalmente inicio a la implementación de aquellas políticas y procesos de logística que buscan reducir los niveles de accidentalidad y enfermedades de origen laboral para los trabajadores en las empresas, para ello se expidió la Resolución 1111 de 27 de marzo de 2017 con el fin de plasmar los estándares mínimos establecidos en el mencionado Sistema de Garantía de la Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.
¿Que son los estándares mínimos del sistema de gestión? Obedecen a un conjunto de normas que buscan regular y politizar, de acuerdo con el tipo de empresa, su número de trabajadores, objeto o actividad a desarrollar y las reglas que se deben seguir para la prevención de accidentes y enfermedades.

¿Cuáles son los presupuestos de esos estándares mínimos? Cuando exista más de 1 un turno de trabajo en la empresa se debe cumplir con todos los estándares establecidos en cada una de las jornadas de trabajo sin excepción a ningún trabajador aun cuando haya diferentes centros o sucursales de la misma.

A tono con lo anterior, cada empresa tienen la facultad de programar y planear las actividades a implementar en el sistema cuando ocurra que ejercen entre sí la misma actividad económica, se encuentren en la misma zona geográfica o pertenezcan al mismo gremio, con la prevención de no remplazar las funciones que le correspondan por ley. De acuerdo con lo expuesto por el artículo 3 de Resolución 1111 de 2017, entre empresas podrán compartir talento humano, tecnológico, procedimientos y actividades de capacitación, brigadas de emergencia, primeros auxilios, evacuación, señalización, rehabilitación, zonas de deporte, seguridad vial, dentro de lo establecido en el SG-SST.

Bien se ha reiterado que toda empresa, al margen de su naturaleza jurídica (sector público o privado), sin distingo del número de trabajadores y objeto ejecutado está en la obligación de implementar el sistema. En igual sentido, personas naturales o trabajadores independientes, organizaciones u asociaciones de cualquier tipo, con o sin personería jurídica como las uniones temporales, deben ejecutar el sistema de gestión que actuará como política preventiva de enfermedades y accidentes laborales.

Este año a través del Decreto 052 de 2017 se extendió el plazo para aplicar la implementación del sistema,  que inicialmente fue previsto para el 31 de enero de 2017 mediante el Decreto 171 de 2016, sin embargo ante la novedad y pluriparticipación de todos los entes que deben ser parte de su ejecución, el próximo 1° de junio de 2017 comienza a regir para todos.

¿Quiénes certifican el SG-SST? Las entidades que tienen 10 o menos trabajadores y cuyo riesgo laboral se encuentra entre las clases de riesgo I, II y III pueden certificar o acreditar el aval del SG-SST. Este proceso estará a cargo de los técnicos o tecnólogos en seguridad y salud en el trabajo, que tengan licencia vigente en salud ocupacional o seguridad y salud en el trabajo, con 2 años de experiencia en el desarrollo de actividades de seguridad y salud en el trabajo y que hayan acreditado el curso de capacitación virtual de 50 horas.

Cuando la empresa se encuentre en grado IV o V, debe ser un profesional en salud ocupacional o seguridad y salud en el trabajo. Los profesionales con posgrado en seguridad y salud en el trabajo –SST– con licencia en salud ocupacional o en SST vigente y que acredite la aprobación del curso de capacitación virtual de 50 horas, de acuerdo con lo regido en la Resolución 4927 de 2016,  están en la facultad de certificar el sistema a cualquier empresa sin importar la clase de riesgo.

¿Cuál es la obligación de las ARL? En todo caso las ARL deben brindar a las empresas de 10 o menos trabajadores asesoría, asistencia y acompañamiento técnico para la implementación del sistema. Sin embargo, no están obligadas a suministrar personal, ni sufragar los gastos en que incurra el empleador por implementar el sistema, mucho menos establecer el modelo que corresponda a la empresa, puesto que es el empleador quien tiene la obligación de adoptar todas esas políticas luego del ejercicio en conjunto con los trabajadores y la ARL para que sea certificado por el técnico, tecnólogo o profesional de la rama.

¿Para qué sirve el sistema de acreditación de estándares mínimos de calidad? Luego de reunir los requisitos que señala el artículo 7 de la enunciada Resolución 1111, las entidades (públicas o privadas)  que logren acreditarse en excelencia en seguridad y salud en el trabajo tendrán como beneficio reducir la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales –SGRL–para efectos de contratación.

Transición del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo En aplicación a lo que la mencionada resolución señala en su artículo 10, las fases de adecuación, transición y aplicación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo con estándares mínimos se realizará de junio de 2017 a diciembre de 2019.

Son cinco fases a cumplir desarrolladas así:
1. Evaluación: En esta etapa inicial, el empleador o la empresa tiene como objetivo identificar las prioridades y necesidades que deben adoptarse para implementar el sistema, es decir, enfocar el riesgo que tal vez no fue previsto y en el que puede incurrir un trabajador. El término de ejecución de esta fase es de junio a  agosto de 2017.

2. Plan de mejoramiento: Aquí se ejecutan las acciones a mejorar, acerca de los riesgos que fueron evaluados y detectados en la primera fase. La orden en esta etapa indica que el empleador se debe autoevaluar de acuerdo con los estándares mínimos, seguidamente ejecutar el plan que mejore lo detectado, y al final diseñar el SG-SST de manera anual. El término de ejecución de esta fase es de septiembre a diciembre de 2017.

3. Ejecución: En esta tercera etapa se consolida la gestión del sistema. El cronograma indica que durante todo el periodo del 2018 ya debe estar ejecutándose el sistema como tal para prevenir todo lo verificado y evaluado. Periodo que comprende la fase: de enero a diciembre de 2018.

4. Seguimiento y plan de mejora: Esta es la etapa en la que se realiza vigilancia preventiva a la ejecución del sistema. En el curso de esta sigue el juicio y cuidado de autoevaluación de los estándares mínimos. El objetivo es actualizar el plan para la vigencia del año siguiente y mejorar las falencias que se hallen en él. El término para esta actividad va de enero a marzo de 2019

5. Inspección vigilancia y control: En esta etapa se verificará que se cumpla con lo parametrizado en el sistema y que esté acorde con las normas vigentes. 

Resolución 1111 de 27-03-2017