22 de octubre de 2012

LA LEY DE HÁBEAS DATA


El pasado jueves se aprobó la Ley 1581, que tiene como propósito principal la protección de la información privada de los colombianos. Su objetivo es fundamental: el desarrollo del derecho constitucional que tienen las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos.

El que recoge, almacena, utiliza, pone en circulación o borra información de personas, llamado "encargado del tratamiento", puede ser una persona natural o jurídica, pública o privada. Los dueños de la información -llamados "titulares" en la ley- podrán conocer, actualizar y rectificar sus datos frente a los que los tienen y los usan. Es decir, los responsables y encargados deben ser informados sobre el uso que se les va a dar, podrán presentar quejas y reclamos ante la Superintendencia de Industria y Comercio y revocar cualquier autorización que se haya dado para recogerlos, así como acceder a ellos en forma gratuita.

Desde ahora, los que quieran recaudar información privada de una persona deben obtener su autorización explícita. El titular podrá preguntar para qué se va a usar, y, por ley, se le debe dar una respuesta. Tal autorización no será obligatoria cuando la información la requiera una entidad pública en ejercicio de sus funciones o exista una urgencia médica, o se la use con fines históricos, estadísticos o científicos o con lo relativo al registro civil.

Ahora, ¿las empresas están preparadas para lo que se les viene? ¿Los call centers lo borrarán a uno de sus bases de datos si se les exige? ¿Los administradores de la seguridad de edificios de oficinas entenderán que deberán pedir autorización escrita a quienes van a entrar para que suministren datos como cédula, nombre, huella y fotografía, y si se les pregunta qué uso se les van a dar, tendrán que responder? ¿Entenderán que, al salir del edificio, se les podrá pedir que borren los datos suministrados y que lo deberán hacer? Muy interesante ver cómo se acomodan a la ley todos estos trámites.

Que no se les olvide lo que manda la ley: tener políticas de seguridad informática y registrar todas las bases de datos con información de personas que estén manejando. Esto, una vez se reglamente la ley de hábeas data. Y los colombianos debemos ser proactivos para que esta se cumpla. Cuando sepamos de alguna empresa que no quiera cumplir con la norma, la debemos denunciarla ante la SIC, delegatura de protección de datos. O si no, nos vamos a merecer nuestra suerte y, por supuesto, el mal uso de nuestra información privada.

Guillermo Santos Calderón, 21 de Octubre del 2012, EL TIEMPO.COM

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