El Gobierno explicó hoy 2 de octubre de 2012, el proyecto de reforma tributaria que radicará
ante el Congreso de la República de Colombia en los próximos días.
(Click para acceder al Texto Completo de la Refoma Tributaria)
Click para acceder a la exposición de motivos de la Reforma Tributaria
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1. ¿EN QUÉ CONSISTE LA REFORMA?
La reforma
tiene 5 capítulos:
i) Impuesto
a las personas naturales
Estamos creando un sistema impositivo que logre que
los que más ganen tengan una mayor tasa efectiva de tributación. El sistema, que hemos llamado
IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional), logra que se cree una curva
“progresiva” de tributación (mayores tasas a mayores ingresos) y que establezca
un mínimo por debajo del cual no puede ubicarse nadie. Así logramos poner un
piso para que no tengamos tasas de tributación inaceptablemente bajas en los
segmentos de ingresos más altos.
ii)
Impuestos a las sociedades
Las empresas, que hoy pagan 33% de impuesto de
renta, pagarán sólo 25% de éste, y el 8%
restante se sustituirá por un nuevo impuesto IE (Impuesto para la
Equidad). El IE, a su vez, remplazará una parte de los impuestos a la nómina
que pagan las empresas: el empleador dejará de pagar los aportes de ICBF, SENA
y salud, que hoy paga por sus trabajadores de menos de 10 smmlv. De esta forma,
la carga que hoy lleva la nómina, pasa a ser un impuesto a las utilidades,
permitiéndole a los sectores intensivos en trabajo, crear más puestos formales.
Hoy en día el ICBF y el SENA reciben sus recursos
de los aportes de los empleadores y del Presupuesto General de la Nación, en el
caso del ICBF. La propuesta busca diversificar las fuentes de financiamiento de
estas dos entidades, remplazando los aportes que los empleadores hacen por la
parte más inestable de la nómina, los trabajadores que ganan menos de 10 smmlv,
por un impuesto de nuevo, de destinación específica que pagarán las empresas.
Ambas entidades siguen operando con las mismas
reglas de gobierno corporativo que tienen hoy.
iii) La reforma de IVA
Hoy día existen 7 tarifas de IVA: 0%, 1.6%, 10%,
16%, 20%, 25% y 35%. Esto genera enormes cargas administrativas para las
empresas y para la DIAN. Es un sistema complejo de administrar y comprender. Para
simplificarlo, la propuesta elimina las tarifas del 1.6%, la del 10%, y todas
las que hoy se encuentran por encima del 16%.
Se crea una tarifa de 5%, con lo cual al final
existirían 3 tarifas: 0%, 5% y 16%.
Los insumos de las cadenas productivas
agropecuarias pasan del 16% al 5% para aliviar la carga de
impuestos pagados que deban ser cobrados por la
empresa y se le permite descontar su pago del
impuesto de renta. Esto elimina la figura de
devolución en efectivo y mejora el flujo de caja de las
empresas, particularmente las pequeñas y medianas.
Se permite que quienes venden productos gravados a
tarifas inferiores al 16%, puedan descontar los IVAS pagados en sus insumos, en
su totalidad. Hoy en día, los bienes y servicios que se venden a una tasa inferior, sólo permiten descuentos hasta esa
misma tasa.
Se pasa el servicio de restaurantes a la categoría
de excluido del impuesto y se crea un impuesto al consumo del 7% para esta
partida.
Finalmente, se crea un impuesto al consumo de lujo
para los bienes que hoy se encuentran al 20%, 25% y 35% para que las tasas totales de impuestos
permanezcan en esos niveles, pero ahora como una combinación de IVA e impuesto
al consumo. Esto permite la eliminación de 3 tarifas de IVA.
iv) Ganancias ocasionales
Se reduce la tasa del impuesto a las ganancias
ocasionales por la venta de activos poseídos por más de dos años, del 33% a una
tarifa del 15% a la venta de sociedades y del 10% a la venta de activos.
Se busca estimular por esta vía que la gente pague
este impuesto y no diseñe figuras complejas y
costosas para eludirlo.
v) Normas
antievasión y antielusión
Finalmente la reforma contiene un conjunto de
normas, acordes con estándares internacionales, para evitar que existan figuras
a través de las cuales algunas empresas puedan tener tratamientos más favorables
que otras, siendo todas las demás condiciones iguales. Estas normas buscan
promover la cultura del pago de los
tributos y poner al país en la misma ruta de otras jurisdicciones más avanzadas
en materia tributaria.
2. ¿SE
GRAVARÁ LA CANASTA BÁSICA?
No, los bienes que hacen parte de esta canasta
permanecen en las categorías de excluidos y exentos. De hecho, se reduce la
tasa de IVA de los insumos que se utilizan para producirlos, apoyando a los
pequeños y medianos empresarios del sector.
3. ¿SE
AUMENTARÁN MIS IMPUESTOS?
En Colombia hay alrededor de 4,6 millones de contribuyentes al impuesto de renta. De
éstos, sólo 1,1 millones declaran renta,
y el resto, pagan a través de sus retenciones en la fuente. Para el grueso de
los 4.6 millones, el impuesto a la renta va a bajar, puesto que se le reducirán
sus retenciones hasta llegar a la curva del IMAN, cuyas tasas están por debajo
de los niveles que se pagan hoy. En las
personas de mayores ingresos sin embargo, hoy se encuentra un grupo importante
que pagan alrededor de 5% o menos de tasa efectiva de impuesto (impuesto/ingreso
bruto). En estos casos sí habrá un incremento, que busca que esta tasa suba a
medida que sube el ingreso, llegando a un nivel de 15% como tasa máxima. Las
comparaciones internacionales muestran que en cualquier caso, las tasas a las
que aspira esta primera reforma, siguen siendo inferiores a los estándares internacionales.
4. ¿SE
ELIMINAN LOS PARAFISCALES?
No, se sustituye una fuente de financiación del
SENA y el ICBF de un impuesto a la nómina que se paga por los trabajadores de
menores ingresos por un impuesto a las utilidades, que no castiga la creación
de empleo.
5. ¿Y CAMBIA
EN ALGO EL FUNCIONAMIENTO DEL ICBF Y DEL SENA?
No, el único cambio se da en una de sus fuentes de
financiación, pero las entidades seguirán funcionando como hoy. Es importante
destacar que sus ingresos no se verán afectados; se crea una fuente de
destinación específica precisamente para asegurarlos.
6. ¿LAS
EMPRESAS VAN A PAGAR MÁS IMPUESTOS?
Al sumar los efectos que se generan por disminuir
la carga sobre la nómina y la creación del IE, lo que se va a observar es un alivio para aquellas empresas
más intensivas en trabajo, estimulando así la creación de empleos formales.
7. ¿SE
GRAVARÁN LOS DIVIDENDOS?
No, la tributación de dividendos seguirá siendo la
de hoy, es decir, que sólo pagan impuestos a los dividendos los accionistas en
el caso en que la utilidad no haya sido gravada en la sociedad.