A partir del 7 de julio de 2024, en nuestro país se prohíbe la venta y distribución de ocho plásticos de un solo uso, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 2232 de 2022 y Para efectos de proteger la economía nacional, se establecen los siguientes plazos para la entrada en vigencia de la prohibición (7 de julio de 2024) de introducción en el mercado, comercialización y/o distribución de los productos plásticos de un solo uso establecidos en el artículo 5º, así: 1. Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial. 2. Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada. 3. Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos. 6. Mezcladores y pitillos para bebidas. 7. Soportes plásticos para las bombas de inflar. 11. Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
Otras metas planteadas en la reducción del uso de plásticos Para 2025, las botellas PET de agua
potable deberán fabricarse con un mínimo de 50 % de materia prima reciclada posconsumo nacional o posindustrial derivada de procesos productivos propios, incrementándose al 90 % para 2030.Al año 2025,
las botellas PET que contengan otras bebidas deberán fabricarse con un mínimo
de 20 % de materia prima reciclada posconsumo nacional o posindustrial,
aumentando al 35 % para 2030, al 40 % para 2035 y al 60 % para 2040.
Para 2030, el
porcentaje de aprovechamiento de las botellas, los envases para contener
líquidos deberán ser recolectados al 50% por parte de los productores e
importadores, con un enfoque en los diferentes actores de la cadena,
priorizando a los recicladores de oficio y asociaciones de recicladores de
oficio.
El
aprovechamiento de envases de polietileno de alta densidad deberá ser de al
menos un 30 %.
Los plásticos
utilizados en la industria de la construcción (vidrios, puertas, baldosas y
accesorios de baño) deberán fabricarse con un mínimo de 80% de materia prima
reciclada para 2025, incrementándose al 90 % para 2030 y logrando una
recolección del 98 %.