Según la resolución 000164
modificada con la resolución 00037 y 1240, deberán
suministrar la información respecto al registro de beneficiarios finales a más
tardar el 31 de julio de 2023 las entidades
constituidas o creadas con anterioridad al 31 de mayo de 2023.
Dentro de
los 2 meses siguientes a la inscripción en el RUT, deberán realizar el reporte
las entidades constituidas o creadas con posterioridad al 1 de junio de
2023.
El Registro Único de
Beneficiarios Finales RUB, es una nueva obligación de tipo formal, que consiste
en reportar a la DIAN la persona o personas naturales que en términos generales
controlan una persona jurídica o una estructura sin personería jurídica.