2 de marzo de 2021

MAYO 31 DE 2021, DOCUMENTO SOPORTE DE PAGO DE NÓMINA ELECTRÓNICA

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, publicó la Resolución 000013 de 11 de febrero de 2021, por el cual se implementa y desarrolla en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina electrónica y se adopta el anexo técnico para este documento.

El documento soporte de pago de Nómina Electrónica, es el soporte de los pagos realizados por nómina a aquellas personas vinculadas a través de una relación laboral o legal vigente y reglamentaria. En ella se incluyen los valores devengados y deducidos por nómina, así como deducciones del impuesto de la renta y complementario.  (click para acceder a resolución 000013 de 11 de febrero de 2021

De acuerdo a la resolución, se presentan 3 calendarios que definen los contribuyentes obligados y los plazos que tienen para iniciar el proceso de habilitación, generación, transmisión y validación del documento soporte de pago de nómina electrónica, de acuerdo con el siguiente calendario:

1) Calendario de implementación para sujetos de acuerdo con el número de empleados

 

Grupo

Fecha de inicio habilitación 

Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión 

Intervalo en relación con el número de empleados

Desde

Hasta

1

31/05/2021

1/07/2021

        Más de 251

2

1/08/2021

101

250

3

1/09/2021

11

100

4

1/10/2021

4

10

5

1/11/2021

2

3

6

1/12/2021

1

2)  Calendario de implementación permanente:

 

Grupo

Fecha de inicio habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica.

(DD/MM/AAAA)

Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago  de  nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica.

Otros sujetos

1

Tendrán un plazo de dos (2) meses, contados a partir de la realización de los pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral legal o reglamentaria y los pensionados a cargo del empleador, con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución, para llevar a cabo el procedimiento de habilitación y proceder con la transmisión del documento   soporte   de   pago   de   nómina electrónica y las notas de ajuste al citado documento.

Los nuevos sujetos que deban generar el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste al citado documento como soporte para la solicitud de costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas - IVA, cuando aplique. En este calendario se incluyen a aquellos sujetos que adquieren la obligación de facturar y corresponda a los sujetos del artículo 4 de la Resolución 000013 de febrero 11 de 2021.

3)  Calendario de implementación para sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta: 

 

Grupo

Fecha de inicio habilitación en el servicio informático electrónico nómina electrónica.

(DD/MM/AAAA)

Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica.

(DD/MM/AAAA)

Otros sujetos

1

31/03/2022

31/05/2022

Los sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta.