DECRETO 963 La devolución
automática de los saldos a favor determinados en las declaraciones tributarias
del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas
-IVA, aplica para los contribuyentes y responsables que cumplan con las
siguientes condiciones:
1. No representen
un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
2. Soporten el
veinticinco por ciento (25%) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las
ventas -IVA descontables, según sea el caso, mediante el sistema de facturación
electrónica de venta.
Para las
solicitudes de devolución y/o compensación automática radicadas a partir del
primero (1) de enero de 2021, soporten más del ochenta y cinco por ciento (85%)
de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas -IVA descontables, según
sea el caso, mediante el sistema de facturación electrónica de venta con
validación previa.
DECRETO 963