11 de julio de 2020

MEDIANTE DECRETO 963 RECONOCIMIENTO AUTOMATICO DE SALDOS A FAVOR DETERMINADOS EN LAS DECLARACIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS YEN LAS DECLARACIONES DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS -IVA.


DECRETO 963 La devolución automática de los saldos a favor determinados en las declaraciones tributarias del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA, aplica para los contribuyentes y responsables que cumplan con las siguientes condiciones:
1. No representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
2. Soporten el veinticinco por ciento (25%) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas -IVA descontables, según sea el caso, mediante el sistema de facturación electrónica de venta.
Para las solicitudes de devolución y/o compensación automática radicadas a partir del primero (1) de enero de 2021, soporten más del ochenta y cinco por ciento (85%) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas -IVA descontables, según sea el caso, mediante el sistema de facturación electrónica de venta con validación previa.
DECRETO 963