El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1899 de 2017
por medio del cual establece
directrices y lineamientos
para la ejecución del próximo Censo Nacional de Población y de Vivienda para el año 2018.
Para lo anterior sugiero a las empresas que
realicen campañas dirigidas a sus trabajadores a realizar el censo vía virtual,
pues de lo contrario se aplicará lo mencionado a continuación en el numeral 2.
El censo para este año tendrá dos modalidades o métodos
de recolección de la información, a saber:
1. Recolección
mediante auto diligenciamiento vía internet. (entre el 9 de enero y el 8 de
marzo de 2018) Lo realiza una persona mayor de edad, duración aproximada de 35
minutos, se recomienda usar clave diferente a las usadas en cuentas bancarias o
algunos otros lugares al cual accede mediante las redes sociales. En caso de no
realizarlo voluntariamente por esta vía, entonces el DANE impondrá fecha y hora
a su arbitrio y se realizará de acuerdo a lo explicado en el siguiente numeral.
2. Entrevista
directa en cada una de las viviendas (a partir de abril de 2018) ; Para efectos de la recolección de la
información en los hogares, es obligación de todas las personas, permanecer en
sus viviendas durante las horas y el día que el DANE señale. Conforme lo anterior,
para las personas que den respuesta al cuestionario censal directamente en su
vivienda, recibirá un certificado, el cual deberá ser recibido por el empleador
como justificativo de su ausencia (permiso remunerado). Articulo 7 Decreto 1899 de 2017.
Para mayor información acceder al decreto 1899 de 2017.