“Los vehículos
cuyo incremento en la base gravable supere el 6,7 por ciento este año, con la
aplicación del factor de mitigación, se igualarán hacia abajo hasta este mismo
porcentaje. Por su parte, los que hayan tenido un incremento inferior al 6,7
por ciento, el valor se mantendrá. Estas medidas se tomaron para reducir el
impacto económico en el bolsillo de los colombianos”, anotó la Jefe de la
Cartera de Transporte.
Actualmente de
los 12 millones de vehículos activos en el parque automotor colombiano, más de
6,5
millones están exentos por la Ley 488 de 1998 del pago de este impuesto,
como las motos de menos de 125 c.c. y los vehículos de transporte público de
pasajeros y carga, entre otros.
“Adicionalmente,
el resto de vehículos, los 5,5 millones obligados a pagar impuesto, recibirán
un beneficio este año, gracias a que al 62 por ciento mantuvo su valor o se le
redujo, y al 38 por ciento se le aplica el factor de mitigación anunciado”,
enfatizó la Ministra Abello.
Para ayudar a
simplificar los trámites, Abello Vives indicó que se creará una línea
estándar para cada modelo que tendrá una base gravable específica y que les
permitirá a las secretarías de Hacienda liquidar el impuesto de las
líneas que por el momento no estén en la tabla.
Al finalizar
esta semana se entregará la actualización con estas directrices a las
secretarias de Hacienda de las gobernaciones. “Tenemos equipos especializados
tanto de la firma consultora como del Ministerio para atender todas las
necesidades y responder rápidamente a la ciudadanía”, indicó Abello.
Gracias al
trabajo de desagregación y actualización de las líneas de vehículos para la
base gravable con vigencia 2016, el Ministerio de Transporte pasó de 3.000 a
10.000 líneas para acercar más sus bases de datos a la realidad del mercado.
Esta tarde, la Ministra liderará un encuentro con gobernadores y
secretarías de Hacienda para definir los pormenores en la pronta
aplicación de la metodología y el pago de los impuestos de vehículos.
Nota
para editores
El Ministerio de
Transporte fija la base gravable o valor de referencia para fines tributarios
de cada línea de vehículo (carro o moto). Una vez se determina este valor
las secretarías de Hacienda liquidan el impuesto.
El impuesto lo
liquidan las secretarías teniendo en cuenta la base gravable del Ministerio de
Transporte y los rangos fijados por el Ministerio de Hacienda:
a)
Hasta
$42’673.000
1,5%
b) Más
de $42’673.000 y Hasta
$96’013.000
2,5%
c)
Más de
$96’013.000
3,5%
Si los vehículos
usados por efecto de su base gravable pasan en el 2016 a otro rango (por
ejemplo, del A al B o del B al C) y en consecuencia se incremente el porcentaje
a aplicar, cancelarán el impuesto con el porcentaje usado en el año fiscal
2015.
Fuente MINISTERIO DEL TRANSPORTE