La Ley 820 de 2003, establece las responsabilidades del arrendador (propietario) y del arrendatario (inquilino) en un contrato de arrendamiento. Según esta ley, las reparaciones necesarias a cargo del arrendador son aquellas que se refieren a los daños o desperfectos que afecten la habitabilidad o seguridad del inmueble y que no sean causados por el mal uso o negligencia del arrendatario.
Algunas de las reparaciones necesarias que el arrendador está obligado a realizar según la ley colombiana son:
Reparaciones estructurales: Cualquier daño
que afecte la estructura del edificio y comprometa su estabilidad o seguridad,
como grietas en las paredes, problemas en los cimientos, etc.
Reparaciones en sistemas básicos: Esto
incluye problemas con la fontanería, la electricidad, el sistema de gas (si lo
hay), el sistema de calefacción (si aplica), entre otros, que afecten la
habitabilidad del inmueble.
Reparaciones en áreas comunes: Si el inmueble arrendado forma parte de un edificio o conjunto residencial con áreas comunes, el arrendador es responsable de mantener en buen estado estas áreas, como pasillos, escaleras, zonas verdes, entre otros.