Bogotá,31 / ago./2023.- La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, firmó la circular 3031 del 30 de agosto, en la que se obliga a los empleadores poner al día la autorización para laborar horas extras.
La disposición refiere que el empleador cuenta
con un término de seis meses para realizar el respectivo ajuste ante la
Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo de su jurisdicción.
“En reciente pronunciamiento de la Comisión de
Expertos de la OIT presentó observaciones para Colombia en cuanto a los
convenios ratificados indicando la necesidad de que se establezcan unos límites
de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de
manera oportuna y que existan límites a estas horas extras tanto a nivel
semanal como anual como lo establecen los convenios de la OIT. Mientras dure el
proceso de actualización, que no tendrá ningún costo, seguirá siendo válido el
documento que en su momento fue expedido por la respectiva Dirección
Territorial”, resalta la resolución.
La norma resalta que superado el término
establecido para renovar este consentimiento y que no se haya hecho, perderá
vigencia.
Así mismo, aclara que se sancionará a quienes
desarrollen trabajo suplementario sin contar con la debida autorización.