La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su rol de Autoridad Nacional de Protección de Protección de Datos Personales, recuerda que el 31 de marzo de 2023 vence el término para actualizar la información del Registro Nacional de Bases de Datos – RNBD, por parte de los responsables de tratamiento de datos personales obligados (sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT y personas jurídicas de naturaleza pública). La información necesaria para hacer la actualización se encuentra aquí: https://www.sic.gov.co/registro-nacional-de-bases-de-datos, reporte en el cual se incluyen incluso los cambios no sustanciales en la información de las bases de datos que son administradas por el Responsable del tratamiento.
Según el literal (f) del artículo 2.1. de Título V de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), los Responsables del Tratamiento están obligados a efectuar reportes de novedades de
sus registros en el RNBD. Esto comprende los incidentes de seguridad y los reclamos realizados directamente por los titulares de los datos. Este reporte es adicional a la actualización anual y al reporte de cambios sustanciales en las bases de datos registradas.Los reportes de reclamos se
realiza haciendo un consolidado con los tipos de reclamos presentados por el
titular, además deben incluirse aquellos presentados tanto al Responsable como
al Encargado del Tratamiento. El Manual del Usuario mencionado anteriormente
contiene una tabla con las tipologías de reclamos que pueden registrarse. De
este modo al efectuar el registro se consolidan los reclamos presentados de
acuerdo con la tipología establecida por la autoridad.
Según el artículo 2.3. del
Título V de la Circular Única de la SIC, el reporte de reclamos tiene una
periodicidad semestral y debe realizarse dentro de los primeros quince (15)
días hábiles de los meses de febrero y agosto de cada año.