Bogotá, D.C., 24 de febrero de 2022. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- en el ejercicio de contribuir a la seguridad fiscal del Estado, interpuso durante el año 2021 ante la Fiscalía General de la Nación 9.606 denuncias penales contra agentes retenedores que no cumplieron con la obligación de consignar los dineros retenidos o autorretenidos en los plazos establecidos por el Gobierno nacional.
Es importante recordar que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 402 del Código Penal, quien no consigne las sumas recaudadas dentro de los dos meses siguientes al plazo fijado por el Gobierno nacional, incurrirá en prisión de 48 a 108 meses y podrá tener una multa equivalente al doble de lo no consignado, sin que supere el equivalente a 1.020.000 UVT.
Es importante recordar que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 402 del Código Penal, quien no consigne las sumas recaudadas dentro de los dos meses siguientes al plazo fijado por el Gobierno nacional, incurrirá en prisión de 48 a 108 meses y podrá tener una multa equivalente al doble de lo no consignado, sin que supere el equivalente a 1.020.000 UVT.