La Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019 emitida por el MINISTERIO DE
TRABAJO, establece los estándares mínimos del SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO SG-SST para las personas naturales y jurídicas, de destacar
las siguientes modificaciones:
- Deroga la resolución 1111 de 2017.
- El campo de aplicación sigue siendo el mismo (todas las empresas en
Colombia afiliadas al SGRL)
- Excluye a los trabajadores independientes y las trabajadores de
servicio domésticos.
- Las evaluaciones médicas se podrán hacer de forma extra-mural o por
tele-medicina.
- Modificó el perfil de los profesionales que pueden apoyar el diseño e
implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de
acuerdo al rango de cada empresa. Acceder a resolución 0312
- Las personas que solo cuentan con el curso virtual de 50 horas, solo
podrán administrar el SG SST de empresas de I, II, III de menos de 10
trabajadores.
- Se crean los estándares mínimos para empresas de producción
agropecuarias
- Los tecnólogos podrán diseñar e implementar el SG SST de las empresas
entre 11 y 50 trabajadores de riesgo I, II y III.
- En la evaluación de proveedores y contratista se debe incluir el
cumplimiento de estándares mínimos.
- La acreditación en SST sigue siendo un reconocimiento oficial por parte
del Ministerio del trabajo.
- En los indicadores de pre-valencia e incidencias la constante K, es de
100.000
- El plan de seguridad vial se articula con el SG SST.
- Se amplía plazos fase 4 - 5 quedando así: fase 4 : enero - octubre 2019
fase 5: noviembre 2019 en adelante
Para el 2020 todas las empresas deben tener su SGSST alineado.