La Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, informó que los empleados que
declaran renta bajo los sistemas IMAN – IMAS, deberán hacerlo con las reglas
establecidas a la fecha para el año gravable 2014, atendiendo el calendario
tributario.
Lo anterior,
a propósito del fallo de la Corte Constitucional que declaró la exequibilidad
de los artículos 3°, 4° y 7° y la exequibilidad condicionada del artículo 10
(parcial) de la ley 1607 de 2012. CLICK PARA ACCEDER A COMUNICADO DE LA CORTE
Respecto de
este último artículo, el alto tribunal manifestó que para efectos de su debida
interpretación, y atendiendo el principio del mínimo vital, “el cálculo de la
renta gravable alternativa