Los controles en
las sociedades por acciones simplificadas (SAS) funcionan y son muy eficaces.
Así se puso de manifiesto en el reciente fallo proferido por la
Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) en el caso de Finagro contra
el grupo empresarial Mónica Colombia SAS (Exp. 800-000055 del 17 de octubre del
2013). En este precedente fundamental, el Delegado para Procedimientos
Mercantiles señaló que ese despacho “no permitirá, bajo ninguna circunstancia,
que los empresarios se refugien detrás de personas jurídicas societarias para
eximirse del cumplimiento de aquellas normas que consideren inconvenientes o
desatinadas”.
El alcance del
fallo es de gran relevancia, porque sienta un precedente ejemplarizante.
Además, se da en ejercicio de facultades jurisdiccionales, de manera que
constituye casi una regla de Derecho para futuros casos. Hasta ahora, la
utilización inadecuada de las formas asociativas no había sido objeto de
sanciones tan categóricas como las impuestas en este caso. De ahí que la
importancia de esta decisión radique también en el posible efecto disuasivo que
habrá de tener en las heterodoxas prácticas jurídicas locales.
En síntesis, la
Supersociedades condena la utilización de la estructura societaria cuando su
propósito es hacerle el quite a disposiciones legales de orden imperativo. Se
trata del famoso caso de Finagro contra Mónica Colombia SAS, una compañía de
origen brasileño dedicada a negocios agrícolas en los llanos orientales.
Creación
de sociedades
Los hechos son,
en verdad, muy simples. En el año 2008, se constituyeron cuatro sociedades de
responsabilidad limitada: Mónica Colombia, Agrocaixas, Monicol y Tilava.
Posteriormente, estas compañías fueron transformadas en SAS. En el 2009, cada
una de las sociedades le solicitó a Finagro un Incentivo de Capitalización
Rural (ICR) por 692.250.000 pesos. Los ICR le fueron otorgados a cada una de
ellas, de manera que las compañías recibieron conjuntamente la suma de
2.769.000.000 de pesos, es decir un monto que excedía ampliamente el tope de
692.250.000 pesos, establecido para el otorgamiento de incentivos en las normas
vigentes.