7 de febrero de 2012

PÓLIZAS ENVIADAS POR CORREO ELECTRÓNICO TIENEN IGUALES EFECTOS QUE LAS EXPEDIDAS EN PAPEL.

Las pólizas enviadas por correo electrónico tienen los mismos efectos jurídicos que las expedidas en papel membreteado por las compañías de seguros, señaló la Superintendencia Financiera.

La Ley 527 de 1999, conocida como Ley de Comercio Electrónico, les otorgó reconocimiento jurídico y validez probatoria a los mensajes de datos y a las relaciones que surgen de estos, bajo ciertas condiciones y requisitos que garanticen su origen, integridad y confiabilidad.

Esta norma dotó a los documentos electrónicos de niveles de seguridad, inalterabilidad y rastreabilidad, especialmente con respecto a la identificación del origen y el contenido de los datos.

Así las cosas, el mensaje de datos recibe el mismo tratamiento que los documentos consignados en papel y tiene la misma eficacia jurídica, siempre y cuando cumpla los requisitos legales.

En cuanto al valor probatorio, la Ley 527 establece que los mensajes de datos son admisibles como medios de prueba y su fuerza probatoria es la otorgada en el Código de Procedimiento Civil.

Fuentes: (Superfinanciera, Concepto 89903, dic. 15/11) ambito juridico.com