La Circular 009 de 2025 del Ministerio del Trabajo establece que todas las empresas y entidades deben registrar la autoevaluación de los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) correspondiente al año 2024. Este registro debe realizarse en la aplicación disponible en https://sgrl.mintrabajo.gov.co , entre el 3 de febrero y el 28 de marzo de 2025. Durante enero de 2025, el aplicativo estará inhabilitado por ajustes técnicos. Antes de proceder con el reporte, se recomienda revisar los instructivos, preguntas frecuentes y videos disponibles en la sección "Ayuda Audiovisual" del portal. Para soporte adicional, puede contactarse al correo electrónico: sgrldatosti@mintrabajo.gov.co
Derecho: Comercial, Societario, Civil, Laboral, Familia(Sucesiones). Constitución y Transformación de Sociedades. Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT y PTEE. Gestión ante: Notarios,... Registro Marcas, DIAN y Impuestos Distritales. Contacto y/o sugerencias e mail: gccasesorias@gmail.com -- Bogotá D.C. -- Colombia. --
27 de enero de 2025
10 de enero de 2025
CIFRAS Y DATOS DE IMPORTANCIA PARA EL 2025.
1. El incremento del salario mínimo mensual para el año 2025 a partir de 1 de Enero de 2025., será de 9.53% lo que significa que se fijó en $ 1.423.500.00 pesos Decreto 1572 de 2024; mientras que el aumento del auxilio de transporte será de $ 200.000.00 pesos Decreto 1573 de 2024 auxilio a pagar a los servidores públicos y trabajadores del sector privado que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigente.
2. En consecuencia el SALARIO MINIMO INTEGRAL para el AÑO 2025 es: $ 18.505.500,00
3. A partir del 15 de julio de 2025 la jornada ordinaria se reduce a 44
horas semanales, así lo establece la Ley 2101 de 2021, el propósito es llegar a una jornada laboral de 42 horas semanales a partir
del 15 de julio de 2026, por lo que la jornada semanal se reduce de manera
escalonada año tras año.
4. En diciembre de 2024 la variación anual del IPC fue 5,20%, es decir, 4,08 puntos porcentuales menor que la reportada en el
mismo periodo del año anterior, cuando fue de 9,28%. Para los contratos de
arrendamiento de vivienda se aplicará un incremento del 5.20% Vencido el
término inicial del contrato, en sus prórrogas tácitas o expresas, (Art 20 de
la ley 820 de 2003).
5. La Tasa de cambio Representativa del Mercado –TRM–, es la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados
Unidos. Para el 31 de diciembre del 2024 se presentó una TRM de $ 4.409.15 La
TRM aumentó un 15.36% (587.1 Pesos) en referencia al mismo día del año anterior
la cual fue de $ 3.822.05
6. Obligados a tener revisor fiscal en el 2025. Además de los establecidos en el artículo 203 del Código de Comercio, deben tener revisor fiscal las sociedades comerciales que cumplan con las características establecidas en el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990. parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, que menciona: “Será obligatorio tener revisor fiscal en todas las
¿TU SALARIO SUPERA LOS 2.3 SMMLV ($3.274.050 A 2025) Y ESTÁS AFILIADO A COLPENSIONES? DEBES ESCOGER TU FONDO PRIVADO ANTES DEL MIÉRCOLES 16 DE ENERO de 2025.
Recuerden que, si estás afiliado a Colpensiones y tu salario es superior a 2,3 SMMLV y es mujer con menos de 750 semanas cotizadas u hombre con menos de 900 debes escoger tu fondo privado antes del miércoles 16 de enero. Si no lo hace, el gobierno lo escogerá por ti. Si ya estas afiliado a un Fondo de Pensiones, no debes elegir a una nueva Administradora. Seguirás con la misma.
¿Qué son las ACCAI? Son las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual. Quienes tengan un ingreso mensual por encima de 2,3 SMMLV (3.274.050 pesos en 2025) deberán elegir una antes del 16 de enero para aportar el excedente a ese monto. Por debajo de ese tope la cotización se hará en Colpensiones.
EL SERVICIO DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA CONTINÚA CON INTERMITENCIA
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que Microsoft, proveedor tecnológico externo de la entidad, aún presenta intermitencias en la prestación de los servicios de nube pública Azure que soportan el sistema de factura electrónica en todo el país. (FUENTE DIAN ENERO 10 2025 COMUNICADO No 004)
9 de enero de 2025
¿CUÁLES SON LAS CUANTÍAS EN TEMAS CIVILES? C.G.P.
Cuantías procesales. Para el 2025, los
valores de mínima, menor y mayor cuantía son los siguientes:
Categoría |
Rango de valores |
Monto en SMLMV |
Monto en pesos |
Mínima Cuantía |
Hasta 40 SMLMV |
Hasta 40 |
Hasta – $56.940.000 |
Menor Cuantía |
Más de 40 SMLMV |
41 - 150 |
$56.940.000 – $213.325.000 |
Mayor Cuantía |
Más de 150 SMLMV |
Más de 150 |
Más de $213.325.000 |
Son los valores que contiene el artículo 25 del
CGP, denominados en salarios mínimos y convertidos en pesos.
7 de enero de 2025
EL RUT TIENE VIGENCIA INDEFINIDA COMUNICADO DIAN No 001
AHORA EL RUT SOLO TENDRÁ FECHA DE GENERACIÓN DEL DOCUMENTO
· El RUT tiene vigencia indefinida y solo debe ser actualizado cuando haya cambios en el lugar de residencia, número telefónico, correo electrónico, actividad económica, responsabilidades o algún otro atributo o característica que se encuentre dentro del registro del contribuyente.
· Este documento constituye el mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a la personas y entidades que deban cumplir con obligaciones tributarias administradas por la entidad.
Bogotá, D.C., 7 de enero de 2025. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció una serie de ajustes para garantizar la protección de datos personales y evitar la exigencia de actualización del Registro Único Tributario (RUT) cuando no haya cambios en los datos de los contribuyentes. En la actualidad no se visualiza la fecha de expedición del RUT, lo cual generaba confusión con la vigencia de
2 de enero de 2025
LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA ENERO 2025 SERÁ DE 24,89 %
La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 27 de diciembre de 2024 la Resolución No. 2620 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 24.89 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el
Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o
cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto
de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la
mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes
estén cobrando los bancos.