16 de junio de 2024

BUENAS PRACTICAS SISTEMA DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA. SARLAFT FPDAM

Algunas buenas prácticas para implementar un efectivo Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT FPDAM) en Colombia son:

a)       Establecer políticas y procedimientos claros y actualizados que permitan prevenir, detectar y reportar operaciones sospechosas relacionadas con estos delitos.

b)      Designar un Oficial de Cumplimiento con las competencias y recursos necesarios para liderar la implementación y mejora continua del SARLAFT.

c)       Realizar una adecuada segmentación de factores de riesgo (clientes, productos, canales, jurisdicciones) para enfocar los esfuerzos de control.

d)      Implementar procedimientos robustos de conocimiento del cliente (debida diligencia) que permitan identificar el perfil de riesgo de cada cliente.

e)       Monitorear de forma continua las operaciones de los clientes para detectar oportunamente transacciones inusuales o sospechosas.

9 de junio de 2024

OBJETIVOS DEL SISTEMA DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA. SARLAFT FPDAM

Los objetivos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPDAM) son fundamentales para la protección y estabilidad del sistema financiero y la seguridad nacional. Aquí se detallan los principales objetivos de este sistema:

    Prevención: Identificar, evaluar y mitigar los riesgos asociados al lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Esto incluye la implementación de políticas y procedimientos para prevenir que las organizaciones sean utilizadas como vehículos para estas actividades ilícitas.

    Detección: Establecer mecanismos efectivos para la detección de operaciones sospechosas que puedan estar relacionadas con el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Esto incluye la monitorización continua de transacciones y la identificación de patrones inusuales.

    Reporte: Cumplir con las obligaciones legales y regulatorias de reportar actividades sospechosas a las autoridades competentes, como las unidades de inteligencia financiera (UIF). Esto es crucial para que las autoridades puedan investigar y tomar medidas adecuadas contra las actividades ilícitas.

 

1 de junio de 2024

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA JUNIO 2024 SERÁ DE 30,84 %

 La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 31 de mayo de 2024 la Resolución No. 1143 por medio de la cual certifica el:

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 30.84 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.