14 de junio de 2025

SARLAFT RESOLUCIÓN 10688 DE JUNIO DE 2025 SUPER TRANSPORTE

La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución No 10688 del 6 de junio de 2005, mediante la cual crea el Comité de Supervisión de Cumplimiento de los Sistemas de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva-SARLAFT, y los Programas de Transparencia y Ética Empresarial-PTEE, para el sector transporte.

La Entidad ha llevado a cabo acciones contundentes ratificando su compromiso con la lucha contra el Lavado de Activos y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, como la expedición de normas regulatorias, el fortalecimiento de sus capacidades internas, y la implementación de herramientas tecnológicas para la supervisión.

El objetivo principal de la Política de Supervisión de la SuperTransporte pretende la actualización de procedimientos, manuales, guías, protocolos y demás documentos propios del sistema de gestión documental. Por ello, la Entidad ha acompañado a sus vigilados en la implementación de los Sistemas, con el propósito de promover la legalidad y evitar sanciones a los empresarios del sector.

1 de junio de 2025

LA TASA DE USURA EN COLOMBIA PARA JUNIO 2025 SERÁ DE 25,55 %

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió el 30 de mayo de 2025 la Resolución No. 1078 por medio de la cual certifica el: INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA En atención a lo dispuesto en el Código de Comercio (artículo 884), en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.55 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

USURA Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.