El Concejo de Bogotá D.C., aprobó mediante el Acuerdo 665 de marzo 29 de 2017,
las condiciones especiales de pago que beneficiarán a los sujetos
pasivos, contribuyentes o responsables de los tributos del Distrito
Capital que hayan sido objeto de sanciones tributarias o que se encuentren en
mora por obligaciones correspondientes a los periodos gravables 2014 y
anteriores, en aplicación al artículo 356 de la Ley 1819 del 2016 (reforma
tributaria estructural).
De esta manera, acordó que tendrán derecho a solicitar, únicamente en relación con las obligaciones causadas durante dichos periodos gravables o años, lo siguiente: (Lea: Reforma tributaria no tiene condición especial de pago para deudas del orden nacional)
- Si se produce el pago total de la obligación principal hasta el 31 de
mayo del 2017, los intereses y las sanciones se reducirán en un 60 %.
- Si se produce el pago total de la obligación principal después del 31
de mayo, y hasta el 29 de octubre del 2017, los intereses y sanciones se
reducirán en un 40 %.