Si no le han informado o quiere
confirmar la actividad económica de sus proveedores acceda al siguiente link: https://muisca.dian.gov.co/WebEncuestas/DefConsTarifaCREE.faces
Recuerde que al recibir una
factura o cuenta de cobro, usted está obligado a pagarla y practicarle los
procedimiento establecidos en las normas tributarias entre ellas la nueva
retención en la fuente establecida en el artículo 37 de la Ley 1607 de 2012, reglamentado por el Decreto 862 del 26 de abril de 2013., y donde
nos expresa que, a partir del 1 de mayo de 2013, para efectos del recaudo y
administración del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE, establézcase
una retención en la fuente a título de este impuesto, la cual se liquidará
sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de
este tributo, de acuerdo con las actividades económicas y a las tarifas
expresadas en el citado Decreto.